La Universitat de València (UV) puede usar exclusivamente el valenciano en todas las comunicaciones y documentaciones internas dirigidas a su personal. Así lo ha avalado la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que ha respaldado la legalidad del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Universitat en junio de 2023.
Con esta decisión, el TSJCV estima el recurso de apelación presentado por la universidad contra una sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de València, que había declarado nulo dicho acuerdo por considerar que su redacción podía dar lugar a ambigüedades en cuanto al uso del castellano.
El tribunal autonómico sostiene que la medida adoptada no supone una restricción de derechos respecto a la situación anterior, ya que el valenciano ya era la lengua habitual en las comunicaciones internas y su uso estaba acordado y en práctica. Según los magistrados, la modificación del Reglamento de Usos Lingüísticos de la UV —concretamente del artículo 10— simplemente formaliza esa práctica, en línea con el “deber estatutario de conocer la lengua propia de la Universidad”, y respeta los derechos lingüísticos reconocidos por la legislación vigente.
Los jueces también han descartado la aplicabilidad al caso de una sentencia del Tribunal Constitucional invocada por el juzgado de primera instancia, al considerar que se refería a representantes municipales y no a funcionarios que mantienen una relación jerárquica y estatutaria con la administración.
La Sala destaca que el reglamento impugnado se ajusta a la cooficialidad lingüística vigente, a los estatutos de la UV y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Además, añade que cualquier posible vulneración de derechos en casos concretos puede ser objeto de impugnación individual, pero la jurisdicción no puede reescribir el reglamento para evitar interpretaciones hipotéticas.
La sentencia, que cuenta con un voto particular discrepante de uno de los magistrados del tribunal, no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.