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El Puerto de València despacha su aval a la DIA de 2007 con una mera valoración de medio folio

Emisiones de un buque portacontenedores entrando al Puerto de València.

Carlos Navarro Castelló

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“Certifico: que la variación del 'Proyecto constructivo del muelle norte de contenedores de la ampliación norte del puerto de Valencia' ahora definido respecto a las características del 'Proyecto de Ampliación Norte del Puerto de Valencia (Valencia)' que dispone de Declaración de Impacto Ambiental favorable y fue publicada en el BOE nº 196 de 16 de agosto de 2007, no cumple, por sí sola, los umbrales establecidos en el anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, por lo que de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1.c) de la misma no resulta exigible una nueva evaluación ambiental ordinaria. Que tal y como se hace constar en la memoria del proyecto, tampoco produce ninguno de los efectos adversos significativos sobre el medio ambiente establecidos en la letra c) del apartado 2º del artículo 7 de la Ley de Evaluación Ambiental, que pudiera conllevar la necesidad de someterse dicho proyecto a una evaluación ambiental simplificada”.

Con estos dos párrafos despachó la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) el pasado 29 de noviembre de 2022 su aval a la declaración de impacto ambiental (DIA) del año 2007 a un documento firmado por una jefa de gestión, según la documentación a la que ha tenido acceso elDiario.es. Pocos días después, el 2 de diciembre, el consejo de la APV aprobó el proyecto constructivo de los muelles de la ampliación norte con el voto en contra del entonces alcalde, Joan Ribó, y del secretario autonómico de Compromís, Iván Castañón.

Ademas, al cabo de solo tres días, el 5 de diciembre, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró nula de forma cautelar la resolución del Ministerio de Transición Ecológica que pasaba la condición de órgano sustantivo del proyecto de Puertos del Estado a la APV. Y esta es precisamente una de las claves de la demanda de Acció Ecologista-Agró, en nombre de la Comissió Ciutat-Port, que dirimen los juzgados. La denuncia, entre otras cosas, sostiene que la DIA de 2007 no es válida para el nuevo proyecto, cuyos parámetros exceden lo previsto en la evaluación ambiental.

Según la demanda, este certificado está emitido “por una autoridad manifiestamente incompetente, además de carecer el acto de certificación del mínimo razonamiento, ni de la motivación necesaria para resolver un tema tan complejo como es la vigencia de la DIA de 2007”.

A esto se añade que “tanto la emisión de este certificado como la aprobación del proyecto constructivo están viciados de nulidad” puesto que, tal y como recoge reiterada jurisprudencia, la administración no puede adoptar acuerdos o reoluciones “cuando la suspensión cautelar ha sido solicitada”, una suspensión cautelar que admitió el TSJ de Madrid. Según el escrito de demanda, la APV conocía la petición de la medida cautelar desde el 8 de junio de 2022.

Esto implica que, tal y como reconoció el entonces presidente de la APV, Aurelio Martínez, debía ser Puertos del Estado en su condición nuevamente de órgano sustantivo el que certificara la validez de la DIA mediante informe motivado, un informe que tal y como publicó este diario, no existe o no se ha hecho público, tras solicitarlo el senador de Compromís, Enric Morera.

Los incumplimientos de la DIA

Un informe de la Abogacía del Estado pone de manifiesto que ninguna institución consultada (Puertos del Estado, Comisión Europea y Ministerio de Transición Ecológica) ha avalado la validez de la DIA de 2007 para el proyecto modificado aprobado por la APV.

La realidad es que el proyecto no cumple con los parámetros establecidos en la mencionada DIA de 2007, la cual dice textualmente: “Se formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Ampliación del puerto de Valencia concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales”.

Así, mientras la DIA establece un máximo de 19 millones de metros cúbicos de material de relleno para los futuros muelles con un dragado en la dársena a una profundidad máxima de 18 metros para extraerlo, el proyecto aprobado necesita 25,7 millones de metros cúbicos con dragas a 24 metros de profundidad en la dársena y de 28 metros en el antepuerto.

Además, como recoge el informe de Costas publicado integramente por este diario, tampoco se ha cumplido lo referido a las medidas correctoras que debía proponer y proyectar la APV para frenar la erosión de las playas del sur de la ciudad de València, una actuación que ha acabado desarrollando el Ministerio de Transición Ecológica.

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