El Gobierno se muestra tranquilo tras el nuevo paso del Supremo sobre la regularización: “Es compatible con el derecho comunitario”
El mismo día que Pedro Sánchez ha hecho gala de su política migratoria acompañado de ocho ministros, con la regularización como bandera y el anuncio del nuevo plan de integración, se ha conocido un nuevo paso del Tribunal Supremo sobre los recursos en contra del procedimiento extraordinario del que ya depende más de un millón de personas. Los magistrados han preguntado a las partes si consideran procedente elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que valore si la regularización extraordinaria de migrantes aprobada por el Gobierno colisiona con las directivas europeas. El Ejecutivo, sin embargo, ha lanzado un mensaje “de tranquilidad” a todos los solicitantes, confiando en que la medida cumple con la normativa europea.
“La norma se ha redactado velando estrictamente por su compatibilidad con el derecho comunitario”, responden fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, responsable de la medida de la que depende ya más de un millón de peticiones.
Según explican las mismas fuentes, el plazo para que el Ministerio se pronuncie sobre la pertinencia de la cuestión prejudicial está abierto hasta el viernes 3 de julio. En este sentido, el departamento dirigido por Elma Saiz está trabajando con la Abogacía del Estado “para acarar las cuestiones planteadas”. Una vez que concluya este plazo, una vez concluya este plazo, el Tribunal Supremo escuchará estas alegaciones y deberá decidir si eleva está cuestión al TJUE, para que opine sobre si la regularización puede ir en contra de las directivas comunitarias, especialmente a aquellas ligadas al nuevo pacto migratorio europeo. Desde el Gobierno, aseguran que la normativa que rige la regularización está en consonancia con la legislación comunitaria.
En caso de que los magistrados decidan elevar la cuestión al tribunal comunitario, el Ministerio considera que la actuación “serviría para resolver dudas concretas antes de resolver el fondo de la cuestión”. “Recordamos que la regularización otorga un permiso de residencia y trabajo valido exckusivamente en el territorio español”, añaden.
Más allá de mostrar su confianza ante la seguridad jurídica del real de creto de la regularización, fuentes del Gobierno, recuerdan los prolongados plazos que suele conllevar este tipo de cuestiones prejudiciales, que predecerían a la decisión de los jueces encargados del asunto, todos conservadores. El Ejecutivo confía en que, decida lo que decida sobre el fondo del asunto, la resoución llegará cuando todas las solicitudes hayan sido admitidas a trámite y, por tanto, el derecho efectivo a la residencia, aunque sea temporal, ya esté reconocido en los casos que cumplan los requisitos. Las fuentes gubernamentales sostienen que revocar ese derecho sería prácticamente imposible.
En dos providencias que responden a recursos de Aragón y Comunidad Valenciana sobre determinados aspectos del Real Decreto 316/2026, la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha dado cinco días a las partes para que puedan expresar su parecer acerca de la procedencia de que el TJUE interprete si puede haber conflicto con el Derecho de la Unión Europea. Y da este paso antes de resolver sobre las cautelares que ambas comunidades solicitaban en sendos recursos.
El procedimiento
El Tribunal Supremo ha acordado preguntar tanto al Gobierno como a varias comunidades autónomas gobernadas por el PP y a distintas asociaciones si es procedente elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que valore si la regularización extraordinaria de migrantes aprobada por el Ejecutivo socialista colisiona con las directivas europeas.
A finales de mayo, esa misma Sala del Supremo rechazó la petición cautelar de la Comunidad de Madrid de suspender la regularización. Entendían los magistrados que no existen pruebas de que los servicios públicos de Madrid pudieran colapsar por la regularización extraordinaria de migrantes. Acordaba así no aceptar las medidas urgentes de paralizar el proceso ya que no había peligro de que la sanidad, la educación o la vivienda pública fueran a entrar en crisis por tener que atender a cientos de miles de personas más. “No puede afirmarse, en este momento, que haya quedado acreditado”, decía el Supremo sobre el principal argumento de la Comunidad de Madrid.
Además, recalcaba ya entonces que la regularización será reversible si es declarada nula en los tribunales. Una respuesta similar recibieron las alegaciones presentadas por Vox pero añadiendo una frase final sobre las consecuencias que tendría para todas esas personas suspender el proceso: “Con todo lo que ello entraña, humana, social y económicamente”.
La decisión de este martes de valorar si se eleva el asunto al TJUE la adopta una sección conformada por sólo tres magistrados: Carlos Lesmes, Wenceslao Olea y Fernando Román. Se da la circunstancia de que todos son del ala conservadora y que el último, Román, fue secretario de Estado de Justicia de 2011 a 2014 siendo ministro el 'popular' Alberto Ruiz Gallardón.
En cambio, la resolución previa del Supremo de no aceptar la paralización cautelar que solicitaba, entre otros, el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso fue adoptada por esa misma sección pero conformada por hasta siete magistrados. Ya entonces, Román y Olea emitieron un voto particular en el que señalaban la conveniencia de que se elevara una cuestión prejudicial, para lo que se debía suspender, de facto, la regularización extraordinaria. Pero fueron minoría y no tuvieron el apoyo de Lesmes en esa ocasión. Fuentes del Supremo consultadas por elDiario.es indican que, ahora, solo han participado tres porque sólo se trataba de una providencia y no de una resolución, informa Javier Lillo y Alberto Pozas.
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