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El Gobierno reconoce la responsabilidad de la Administración en la muerte de Samba Martine en el CIE de Madrid

Imagen de Samba Martine publicada por Tanquem els CIE.

Gabriela Sánchez

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La congoleña Samba Martine murió en 2011 con VIH después de pasar 39 días de encierro en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Madrid, donde acudió hasta en diez ocasiones a la consulta médica, sin haber sido sometida a ninguna prueba clínica ni trasladada al hospital hasta el día de su fallecimiento. Aunque los análisis médicos realizados durante su estancia en un centro público de Melilla habían detectado su infección, una información clave para el diagnóstico de la enfermedad que acabó con su vida, el documento nunca llegó a las dependencias policiales en las que la mujer pasó sus últimos días aquejada de fuertes dolores. Nueve años después, el Gobierno ha reconocido la responsabilidad de la Administración y de los servicios sanitarios del CIE en la muerte de Martine, por lo que indemnizará a su familia.

El Ministerio de Presidencia ha respondido de manera favorable la demanda de responsabilidad patrimonial formulada hace ocho años por la familia de Samba Martine, que será indemnizada a partes iguales por los ministerios de Interior e Inclusión; y por la empresa SERMEDES, encargada entonces de la gestión de los servicios médicos del CIE de Aluche.

La resolución, a la que ha tenido acceso elDiario.es, concluye que la descoordinación entre las carteras de las que dependen los distintos centros por los que pasó la fallecida y la “mala praxis” del servicio médico privado del CIE de Madrid derivaron en la deficiente atención sanitaria recibida por la paciente, que dependía de la Administración para tratar sus dolencias debido a su situación de privación de libertad.

Descoordinación entre Interior e Inclusión

Martine fue internada en el CIE de Aluche después de haber sido acogida durante sus primeros meses en España en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Melilla, dependiente entonces del Ministerio de Trabajo. Allí, la mujer fue sometida a un examen médico que detectó su infección por VIH, pero no hay constancia de que la paciente recibiese los resultados de los análisis. Cuando la congoleña fue derivada al CIE de Madrid, competencia de Interior, el historial médico no llegó al nuevo centro. Desde la dirección del este tampoco se solicitó a la ciudad autónoma el envío de la documentación sanitaria.

Para el Ministerio de Presidencia, la descoordinación de ambas instituciones influyó en la deficiente atención médica recibida por Martine en el CIE. “El protocolo de transmisión de una documentación tan esencial para la salud de la señora Martine no garantizó adecuadamente que su situación médica fuera conocida en el CIE madrileño [...] Si bien no puede afirmarse que esa circunstancia hubiera evitado el deceso, sí habría puesto sobre aviso a los médicos del CIE de la grave enfermedad que padecía y habría facilitado sin duda una mejor atención a la paciente”, sostiene el documento. “No cabe duda de que dicha coordinación resulta exigible entre dos órganos de la misma Administración”, zanja la resolución.

“El CETI, que tenía conocimiento de la patología que sufría, debió asegurarse de que la información sanitaria fuera entregada efectivamente a la interesada o, al menos, de que dicha información llegara al centro de internamiento de Madrid al que iba a trasladarla”, indica el Ministerio de Presidencia en relación a la responsabilidad del Ministerio de Trabajo, cuya competencia en Migraciones recae ahora sobre la cartera de Inclusión. Por su parte, el CIE, ante las dolencias de Martine, “debió reclamar la documentación al observar que carecía de la misma”, añade.

Atención médica deficiente y falta de intérpretes

A la descoordinación institucional se suma la insuficiente atención médica proporcionada a la paciente por parte de la empresa SERMEDES. “Hubo una deficiente actuación en la prestación del servicio médico ya que ninguno de los facultativos consideró conveniente realizar un análisis clínico a la interesada a pesar de las numerosas dolencias que padecía”, reza el documento.

En junio de 2019, el Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid absolvió al único acusado juzgado por la muerte de Samba Martine, pero reconoció que los fallos detectados en la atención ofrecida por otros sanitarios del centro (que se encuentran prófugos de la justicia) y las “deficiencias burocráticas” ligadas a su internamiento tuvieron “un peso importante” en su fallecimiento. Durante el mes y medio que permaneció encerrada en el CIE, la congoleña solicitó en al menos diez ocasiones atención sanitaria, pero ninguna de ellas fue derivada a un hospital o sometida a pruebas clínicas.

En este sentido, la resolución administrativa anunciada este lunes reconoce que “de haberse realizado un simple análisis, se hubiera sabido que era potadora de VIH y se le hubiera puesto el tratamiento adecuado”. El Ministerio de Presidencia también recalca la importancia de la falta de intérprete durante la mayor parte de las consultas médicas a las que acudió Martine: “Era desconocedora del idioma español y, durante su estancia en el CIE, solo estuvo asistida por intérprete en una sola ocasión de las diez veces que demandó la asistencia médica”.

Las entidades sociales que prestado apoyo a la familia de Samba Martine ha valorado “que el Estado haya reconocido su responsabilidad por cuanto tiene de reparación a la familia de Samba y también a su recuerdo”. El caso de la mujer congoleña se ha convertido en un símbolo de las deficiente asistencia sanitaria proporcionada a los internos de estos centros, donde los extranjeros en situación irregular son encerrados por su situación administrativa con el objetivo de proceder a su expulsión. Las organizaciones esperan que la resolución “sirva para evitar casos como el de Samba en el futuro”. No obstante, recuerdan que, nueve años después de su muerte, sigue sin existir un protocolo que garantice la correcta derivación de la información médica entre los CIE y los CETI.

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