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Las empresas a partir de 50 trabajadores sin plan de igualdad se enfrentan a multas de 7.500 euros desde este lunes

Una trabajadora hace mascarillas FPP2, en una imagen de archivo.

Laura Olías

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A las puertas del 8M, Día Internacional de la Mujer, se cumple el plazo de una de las legislaciones laborales aprobadas en los últimos años para combatir la discriminación de género en el seno de las empresas. Este lunes concluye el margen de tres años que se dio a las compañías de entre 50 y 100 trabajadores para que implementen planes de igualdad. Así, desde este 7 de marzo todas las empresas a partir de 50 empleados están obligadas a contar con ellos y se enfrentan a multas por no hacerlo que pueden llegar a 7.500 euros. El mandato alcanza a un total de 30.000 compañías que emplean a 8,3 millones de personas.

No cumplir con la obligación de tener un plan de igualdad está calificado por ley como una infracción grave de las relaciones laborales, que pueden ser sancionadas con multas desde 751 a 7.500 euros. La Inspección de Trabajo ha intensificado la persecución de este incumplimiento en los últimos años. Si la exigencia de implementar el plan de igualdad parte de un mandato de la Inspección de Trabajo, no hacerlo está considerado una infracción muy grave, por la que las multas ascienden de los 7.501 euros hasta los 225.018 euros en su grado máximo.

Los planes de igualdad son una herramienta negociada entre empresas y plantillas para alcanzar “la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres” en los centros de trabajo y para “eliminar la discriminación por razón de sexo”, recoge la Ley de Igualdad. Estos deben incluir un diagnóstico de partida, que analiza de forma objetiva la situación de la empresa en este tema, sobre el que se deben diseñar medidas para eliminar las desigualdades o retos para alcanzar la igualdad que se hayan detectado.

Como la escasa proporción de mujeres en puestos de dirección (“techo de cristal”), la dificultad de acceso de mujeres en ciertas áreas más masculinizadas o la brecha salarial en puestos de igual valor.

Solo un 20% de empresas han registrado sus planes

La exigencia de acordar un plan de igualdad en empresas a partir de 50 trabajadores fue aprobada en 2019 por el Gobierno de Pedro Sánchez. La obligación en esos momentos alcanzaba a las compañías a partir de 250 empleados y el Ejecutivo la amplió de manera progresiva: dio un año de adaptación a las empresas de más de 150 personas trabajadoras; las que contaban con más de 100 y hasta 150 personas en su plantilla contaron con dos años de margen; y por último se fijaron tres años, hasta este 7 de marzo de 2022, para las empresas de cincuenta a cien personas trabajadoras.

En total, unas 25.000 empresas en las que trabajan unos 2,5 millones de trabajadores se deberían haber sumado a esta obligación en los tres años de margen a otras 5.000 compañías que ya estaban obligadas a tenerlos. ¿Cuántas han cumplido con la obligación? Aún es difícil saberlo.

Por los datos del registro de planes de igualdad en el REGCON, inscripción obligada para las compañías desde 2019, parece que muchas empresas no han cumplido aún con el mandato. Hasta el cierre de este artículo había un total de unos 5.000 planes registrados, lejos del total de 30.000 empresas obligadas. Menos de un 20%. En concreto, un 17%.

¿Quiere decir que más de un 80% de las empresas incumple la obligación de contar con planes de igualdad? No. La cifra no es exacta porque puede haber empresas que tengan planes y que no los hayan registrado (aunque sea un trámite obligado), y también otras compañías que ya hayan entregado sus planes de igualdad a la autoridad laboral correspondiente, pero que esta aún no los haya revisado y publicado.

Como en tantas otras cuestiones, parece que muchas empresas han apurado plazos y han presentado sus planes de igualdad a última hora. En el último mes, por ejemplo, el REGCON ha publicado 360 planes.

Desde el Ministerio de Trabajo explican que la publicación de los planes de igualdad “depende de cada autoridad laboral”, que también se ocupa de los ERTE y otros trámites laborales, y da por sentado que hay empresas que han entregado sus planes de igualdad dentro del plazo establecido, pero que aún no han sido revisados para mandarlos a publicar. La inscripción en el REGCON por parte de la autoridad laboral es “un trámite constitutivo”, destacan en Trabajo, “es decir, que si no cumplen, no se registran”.

También puede darse el caso de empresas que no hayan ignorado su obligación de implementar un plan de igualdad, pero que aún lo estén terminando. Hay que recordar que la pandemia interrumpió la normalidad en muchas empresas y que ha podido retrasar algunas negociaciones. Estas empresas, si bien no llegarían al plazo del 7 de marzo marcado por ley, estarían en proceso de implementar su obligación.

En cualquier caso, entre los 5.000 planes inscritos y las 30.000 empresas obligadas existe una gran brecha, por lo que el registro público permite concluir que muchas empresas no están cumpliendo con la legislación en materia de igualdad.

Los sindicatos CCOO y UGT urgen a que las compañías acaten la obligación, que consideran clave para identificar desigualdades de género en los centros de trabajo. Pero, además, exigen al Gobierno que dote de medios a los agentes sociales dada su labor de formación y asesoramiento a numerosas mesas de negociación de planes de igualdad en el país.

“Ha habido muchísimo cambio en muy poco tiempo, pero esto aún tiene que rodar más. Que los planes de igualdad realmente funcionen”, apuntaba Cristina Antoñanzas, vicesecretaria de UGT y responsable de Mujer en el sindicato a elDiario.es hace unas semanas. Que las empresas pasen de ver los planes como un trámite a una herramienta que ayuda y protege a la plantilla.

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