Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Un juzgado condena a la asociación de consumidores Adicae y declara ilegal la reelección de su presidente

Manuel Pardos, presidente de Adicae, en una comparecencia pública

Antonio M. Vélez

21 de junio de 2022 22:32 h

2

Un juzgado de Madrid ha condenado a la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) y ha anulado las decisiones del congreso que en enero de 2019 volvió a dar la presidencia de la entidad a su fundador y presidente desde su creación, Manuel Pardos.

En una sentencia dictada el 9 de junio, la magistrada Elena Cortina, del Juzgado de 1ª Instancia 90 de Madrid, ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por los promotores de la candidatura “Consumidores Construyendo Futuro” (CCF), crítica con la dirección.

La jueza ha estimado íntegramente los argumentos de los demandantes al entender que Adicae incumplió su derecho a participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto y a asistir a la Asamblea General.

La sentencia impone las costas del proceso a la asociación de consumidores y declara “la nulidad de los acuerdos adoptados en el IV Congreso de Adicae Nacional celebrado durante los días 18, 19 y 20 de enero de 2019”, que insta a convocar de nuevo. También deja sin efecto el acuerdo de la Comisión Electoral del congreso por el que se inadmitió la candidatura de CCF, que encabezaba el canario Antonio Brito, a la Junta Directiva y el Consejo General.

Tras la sentencia, los demandantes exigen “la dimisión fulminante” de Pardos y su equipo directivo y la convocatoria inminente de elecciones. Adicae, con la que elDiario.es contactó este martes sin obtener respuesta, tiene 20 días para recurrir.

De ese congreso, celebrado en enero de 2019 en un hotel de Alcobendas (Madrid), salió una junta directiva nacional “paritaria y rejuvenecida”, según anunció entonces Adicae. Pardos fue reelegido como presidente con el 75% de los votos. Lo hizo tras impedir, 24 horas antes de su inicio, que concurriera esa candidatura alternativa impulsada por socios, voluntarios y ex trabajadores de Adicae. Los díscolos denunciaban que la asociación había perdido “más de 100.000 socios en solo 5 años a causa de los problemas internos”.

La jueza ha anulado la decisión de la Comisión de Organización del Congreso de impedir que los socios de Adicae Comunidad Valenciana críticos con la gestión de Pardos fueran representados por los compromisarios elegidos en la Asamblea Preparatoria celebrada en diciembre de 2018.

Con esa resolución, lejos de “velar por la pureza del sistema democrático”, como afirmaba Adicae en la contestación a la demanda, la asociación “adoptó, de manera arbitraria y carente de sustento legal y estatutario, un acuerdo que lo único que pretendía, a la postre, era que los compromisarios de la ”lista alternativa“ no participaran en el Congreso Nacional”, dice la jueza.

“De mala manera”

“Anularon la asamblea porque perdieron: nosotros llevábamos más gente, les ganamos ampliamente en los compromisarios que se elegían en Valencia y Alicante, no lo podían consentir y lo anularon de mala manera”, dice Ángel Lorenzo, uno de los demandantes.

En opinión de este socio crítico, la sentencia es “otro capítulo más de la guerra en la que ya llevamos un tiempo intentando cambiar las condiciones de Adicae como asociación y sobre todo a sus responsables, que han perdido el rumbo de la asociación y se dedican a su beneplácito personal”. En su caso, ha sido expulsado en dos ocasiones de su junta directiva. “Las dos veces se lo he ganado en los juzgados”, dice Lorenzo.

La resolución señala que la exclusión de la candidatura alternativa infringió el artículo 21.a) de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y los Estatutos de Adicae, que reconocen a los socios el derecho a “ser electores y elegibles para los cargos directivos, cumpliendo las condiciones establecidas en los presentes estatutos y en los Reglamentos de funcionamiento interno que los desarrollen”.

Al excluirse esa candidatura a 24 horas del congreso, “no se concedió la posibilidad de subsanación o presentación de documentos adicionales”, ni, “por supuesto, la posibilidad de impugnar el acuerdo”, dice la sentencia. Uno de los motivos de exclusión fue la puesta en marcha de una supuesta “campaña de denigración, injurias y calumnias” a través de un blog que calificaba el congreso de “pantomima” o “farsa”. La jueza recuerda que las demandas de protección del derecho al honor de Adicae por esas publicaciones han sido desestimadas ya por la Justicia.

Los promotores de la demanda consideran que la resolución de la jueza es “otro episodio vergonzoso del actual régimen de gobierno de Manuel Pardos, y demuestra los tejemanejes que se llevaron a cabo, en connivencia con abogados de la asociación, para tratar de mantenerse en el poder, vulnerando, como ha demostrado la sentencia, nada menos que la Ley Orgánica de Asociaciones, clave en toda organización social y democrática”.

Y aseguran que el incumplimiento de la normativa de asociaciones “podría conllevar la pérdida de la condición de asociación de consumidores y usuarios”, ateniéndose al artículo 26 de la Ley de consumidores y usuarios. Esta norma señala que “las asociaciones de consumidores y usuarios que incurran en alguna de las prohibiciones previstas por la legislación que les resulte de aplicación perderán, en todo caso y por un período no inferior a los cinco años siguientes desde que dejaron de concurrir tales circunstancias, su condición de asociación de consumidores y usuarios”.

“Entre esta legislación se encuentra precisamente la ley Orgánica de Asociaciones, cuyo artículo 21.1 a) ha vulnerado Adicae según esta sentencia”, aseguran los demandantes.

“Pedimos la celebración de elecciones a Junta Directiva y Consejo de Adicae que renueve unas estructuras cuya decadencia manifiesta está provocando estas lamentables situaciones que ponen en entredicho la labor social de Adicae”, resumen.

La sentencia es un episodio más las polémicas que han acompañado en los últimos años a Adicae, fundada por Pardos en 1988 en Zaragoza como una pequeña entidad de ámbito regional regional, y a la que el todavía presidente, ya octogenario, convirtió en una de las más potentes del país.

La entidad tiene en su haber logros como haber iniciado la macrocausa de las cláusulas suelo contra más de un centenar de entidades que el Tribunal Supremo ha planteado elevar recientemente ante el Tribunal de Justicia de la UE, y por la que Adicae calcula que la banca podría tener que devolver hasta 190 millones de euros.

Pero también acumula decenas de condenas por el trato a sus trabajadores y tiene varios contenciosos judiciales con socios críticos. Desde hace meses, un juzgado de Sevilla investiga a su cúpula por presuntos delitos de fraude en subvenciones y falsedad documental al haber inflado supuestamente su número de socios para cobrar más de 700.000 euros en ayudas.

Etiquetas
stats