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Viento del Norte es el contenedor de opinión de elDiario.es/Euskadi. En este espacio caben las opiniones y noticias de todos los ángulos y prismas de una sociedad compleja e interesante. Opinión, bien diferenciada de la información, para conocer las claves de un presente que está en continuo cambio.

La pena de cárcel como tortura institucional

César Manzanos

Salhaketa —

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Las prisiones siguen siendo lugares donde del Estado está administrando no solamente la ejecución de penas privativas de libertad, sino sobre todo el sufrimiento de las personas presas mediante el mantenimiento de unas condiciones de vida en prisión que, fuera de la legalidad vigente, convierte la pena de cárcel en una pena corporal que lleva consigo el desarrollo de enfermedades graves o incurables, con unos índices de incidencia infinitamente superiores a los de la población general, y a lo que es peor, en demasiadas ocasiones, supone que la pena de cárcel se convierta en una pena de muerte anunciada y camuflada.

Uno de los ejemplos más sangrantes de cómo la pena de prisión se convierte en la aplicación de una pena de tortura y priva del derecho a la salud y al trato digno de los reos, es el caso del preso Jose Ramón Lopez de Abetxuko, a quien brindaremos nuestro apoyo y solidaridad el próximo 9 de julio tal y como han hecho el propio Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y los grupos políticos de PNV y EH-Bildu con el apoyo del grupo socialista.

Tras 26 años de reclusión sus padecimientos no solo no han dado lugar a su excarcelación, tal y como contempla la ley, sino que, siendo el resultado directo de las condiciones de vida sufridas durante tantos años en prisión, esta institución del estado niega que ya ha cumplido su condena, niega el traslado a la prisión de referencia alavesa en función de su domicilio de residencia habitual y niega su excarcelación por enfermedad incurable.

Efectivamente, existen muchas personas presas que ingresan sanas y contraen muy diversas enfermedades y patologías en prisión: enfermedades pulmonares, cardiovasculares, mentales, hepatitis, etcétera. Ante ello, las instituciones penitenciarias no desarrollan programas preventivos ni de tratamiento para evitar que la cárcel sea una fábrica de enfermedades, y muy al contrario, la forma en que se actúa ante las personas enfermas presas, está caracterizada por el abandono sistemático, no existiendo en muchas prisiones registros epidemiológicos especializados, administrándose medicación estándar para diversas patologías específicas, dándose problemas de retrasos, cuando no negativas, ante las demandas de atención médica, existiendo carencia de servicios básicos como asistencia odontológica, psicológica, de programas de educación para la salud, de prevención de enfermedades infecto-contagiosas y de enfermedades mentales y, lo que es peor, existiendo una condiciones de vida en las dependencias sanitarias e incluso en las enfermerías equiparables a la del resto de la prisión.

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