La Junta repudia la pretensión del Gobierno de que los extremeños paguen los impuestos de las eléctricas
La Junta de Extremadura ha rechazado la imposición de un suplemento regional en la factura de luz, que pagarían los ciudadanos de la Comunidad en compensación por el tributo regional que hay establecido a las instalaciones que incidan en el medio ambiente, y que abonan por ejemplo las empresas elétricas y las de telefonía.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba este martes una orden del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, que afecta a Extremadura y otras diez comunidades autónomas, que por la que se fijan los tributos y recargos considerados a efectos de esos suplementos territoriales.
Para su determinación se tomarán en cuenta, en el caso de Extremadura, las figuras tributarias vigentes en el ejercicio 2013: canon de saneamiento, impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente e impuesto sobre la eliminación de residuos en vertedero, según recoge la orden.
También desarrolla el mecanismo para obtener la información necesaria de las comunidades autónomas para la fijación de los suplementos territoriales correspondientes a 2013.
No es un impuesto por la actividad
La vicepresidenta y consejera de Hacienda y Administración Pública, Pilar Blanco-Morales, ha respondido que la región no tiene un impuesto sobre las empresas eléctricas, “sino uno que grava las instalaciones que inciden en el medio ambiente y que, entre otros, pagan las empresas con postes instalados en los campos de Extremadura”.
Blanco-Morales, que ha rechazado la imposición de este suplemento que pagarían los contribuyentes extremeños, ha recordado que la ley autonómica establece que este impuesto regional “nunca podrá repercutir en los ciudadanos y, por tanto, esta cuestión no se va a ver reflejada en el coste del recibo de la luz que pagan los extremeños”.
No obstante, la Junta de Extremadura remitirá la información que le ha solicitado el Ministerio de Energía.
Este requerimiento, que “no es nuevo”, según la vicepresidenta, responde a la “necesidad” del Ministerio de ejecutar una sentencia, cuyo cumplimiento “no lo va a hacer a costa de Extremadura y sus ciudadanos”, rechaza la vicepresidenta. En realidad el origen está en una normativa del Gobierno del PP, que disponía que los tributos autonómicos a las empresas los pagarían luego los consumidores, normativa que no se cumplió, las eléctricas fueron a los tribunales y éstos lógicamente han dicho que hay que aplicar esa normativa vigente.
Son las sentencias del Tribunal Supremo de 1 de junio de 2014 y 22 de septiembre de 2016.
El artículo 17.4 de la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria, establecía que “en caso de que las actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico fueran gravadas, directa o indirectamente, con tributos propios de las comunidades autónomas o recargos sobre tributos estatales, al peaje de acceso se le incluirá un suplemento territorial”.
Este suplemento, según dice la orden, “cubrirá la totalidad del sobrecoste provocado por ese tributo o recargo” y “deberá ser abonado por los consumidores ubicados en el ámbito territorial de la respectiva comunidad autónoma”.