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Garrovillas regula la mendicidad, los ‘gorrillas’ y la prostitución con multas de hasta 3.000 euros

Garrovillas de Alconétar

elDiarioex

5 de julio de 2020 20:00 h

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El Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar ha publicado una ordenanza de convivencia con multas de hasta 3.000 euros por infracciones relacionadas con solicitar servicios de prostitución en la vía pública y de hasta 1.500 euros por conductas de mendicidad en espacios públicos.

En relación a la mendicidad, la regulación se fundamenta en “el derecho que tienen las personas a estar y transitar sin ser molestadas o perturbadas en su libertad personal y en la protección de menores, así como en la libre disposición y uso de vías y espacios públicos”.

La normativa entiende por mendicidad “cualquier conducta, expresa o encubierta, que bajo la apariencia de solicitud de donativo o limosna sea ejercida de manera insistente o intrusiva o represente cualquier acto de coacción o intimidación”. Así como aquellas que “impidan u obstaculicen el libre tránsito por la vía pública”.

La normativa también incluye como mendicidad la vigilancia de vehículos (gorrillas) y prestación de servicios como la limpieza de parabrisas en la vía pública a cambio de donativos.

Sin embargo, la ordenanza no afecta a las “actividades musicales, artísticas y de animación de calle ejercidas en la vía pública de forma puntual y no periódica; siempre que se solicite la dádiva de forma no coactiva y como contraprestación a la actuación realizada”.

Las multas oscilan desde 150 euros por infracción leve, hasta 1.500 euros por utilizar a menores o estar acompañados de los mismos.

Además, el Ayuntamiento se compromete a “adoptar todas las medidas a su alcance para erradicar el fenómeno de la mendicidad en cualquiera de sus formas”.

En cuanto al ofrecimiento y demanda de servicios sexuales, persigue “preservar a menores de la exhibición de estas prácticas, mantener la convivencia y evitar problemas de vialidad en lugares de tránsito público, así como prevenir la explotación de personas”.

Así, se prohíbe “promover, ofrecer, solicitar, negociar, aceptar o mantener, directa o indirectamente, conductas relacionadas con servicios sexuales retribuidos es espacios públicos”, con multas de hasta 3.000 euros cuando “se realicen en espacios situados a menos de 200 metros de centros docentes o educativos o espacios frecuentados por menores de edad”.

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