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Una jueza de Pontevedra decide, contra el criterio de la Fiscalía, que una palmada ocasional en el culo es abuso sexual

Imagen de archivo de una concentración contra los abusos sexuales

elDiario.es Galicia

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Una jueza de Pontevedra considera que una palmada ocasional en el culo constituye un delito de abuso sexual. Ha condenado a un hombre que tocó sin su consentimiento a una mujer en un pub de la ciudad a pagar una multa de más de 3.200 euros -seis euros al día durante 18 meses-. El fallo se produce en contra del criterio de la Fiscalía, que se opuso en la instrucción y en el juicio a considerar que hubo delito porque el “toque” fue “fugaz”. Sí reprochó la actitud del hombre y aseguró que hubo un atentado contra la dignidad de la mujer.

En el relato de los hechos, la jueza Julia Monteagudo, del Juzgado de lo Penal número tres de Pontevedra, señala que el comportamiento del condenado tuvo “carácter aislado”, pero destaca que la víctima “no prestó su consentimiento” y que esto era algo de lo que el agresor era consciente porque, “de hecho, se ejecutó -el tocamiento- encontrándose la denunciante de espaldas”.

Los hechos denunciados ocurrieron, según recoge Europa Press, en un reservado de un local de hostelería de Pontevedra en la madrugada del 24 de febrero de 2019. En el lugar estaban 15 hombres que formaban parte de un equipo de fútbol, entre ellos, el agresor. La denunciante relató que estaba hablando con unas amigas dentro del establecimiento y decidieron hacerse una foto juntas. Fue entonces cuando notó que una persona le daba “una palmada en el culo”. En el juicio expuso que, al encararse con el grupo, hubo un “ambiente de burla” hacia ella y que se sintió “humillada y vejada”. Lo sucedido está filmado y, según la abogada de la víctima, las imágenes dejan claro que los hombres “la miraban como un objeto de deseo y se animaban entre ellos a tocarle el culo”.

El fallo absuelve a otro hombre del grupo que fue juzgado por haber supuestamente coaccionado y amenazado a la denunciante. Ella era en aquel momento una agente de la Guardia Civil en prácticas. En la discusión, uno de los presentes aseguró que en el grupo de hombres había un teniente coronel y la amenazó con que podría tener “problemas” al estar presente un superior suyo, según el relato de la víctima. Ella agrega que le dijo que se fuese y no llamase a la policía. La jueza cree que, aunque se pronunciasen estas palabras, no tienen “intensidad y seriedad coactiva”. La víctima estudia recurrir la decisión judicial en este punto.

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