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El Consello de Contas revela que la Xunta sigue fraccionando contratos para poder entregarlos a dedo pese a que es ilegal

El consejero mayor del Consello de Contas de Galicia, José Antonio Redondo, entregando los informes de fiscalización de la Xunta al presidente del Parlamento de Galicia, Miguel Santalices

David Reinero

“No podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que corresponda”. Eso es lo que establece el artículo 99.2 de la ley de contratos públicos. Sin embargo, la Xunta, según acaba de constatar el Consello de Contas, equivalente al Tribunal de Cuentas estatal, sigue fraccionando contratos que después adjudica a dedo.

El Consello de Contas entregó el pasado viernes en el Parlamento de Galicia sus últimos informes de fiscalización de las administraciones públicas gallegas, nuevamente pasado el mediodía y en un puente a las puertas del último fin de semana de julio, como viene ocurriendo en los últimos años, lo que reduce la visibilidad mediática de unos documentos que suelen poner en entredicho la buena gestión de la que viene elogiándose el Gobierno de Feijóo. Tras años reiterando que la Xunta no está cumpliendo las recomendaciones que se le formulan para mejorar el control del dinero público en múltiples ámbitos, Contas centró en esta ocasión uno de sus estudios en analizar el cumplimiento por parte del Gobierno gallego en 2016 de las reclamaciones en materia de contratación que le había realizado cinco años antes.

Según Contas, las recomendaciones que están teniendo un menor nivel de cumplimiento por parte del Gobierno gallego son las que reclamaban “evitar la proliferación de modificados o el fraccionamiento contractual”, con un índice de seguimiento que en ese último caso reduce al 20%. Por el contrario, la Xunta sí está cumpliendo en mejor grado en el incremento de los procedimientos de contratación por concurso público abierto o la limitación de las tramitaciones urgentes que le permiten restringir plazos y requisitos y con ellos la posible competencia. El fraccionamiento contractual consiste en que la administración divida un contrato que por su elevado importe tendría que adjudicar a través de un concurso público abierto a la competencia para poder en su lugar entregar a dedo los contratos fraccionados resultantes con importes por debajo del límite legal que permite la adjudicación discrecional.

Para realizar su evaluación el ente fiscalizador analizó una muestra de contratos realizados en 2016 por las consellerías de Medio Ambiente, Infraestructuras, Mar y Medio Rural, así como por la Agencia Gallega de Infraestructuras, a las que previamente había preguntado por su actuación en esa materia. Según Contas, Medio Ambiente, Infraestructuras y la Agencia de Infraestructuras le contestaron que no habían fraccionado ningún contrato, pero la verificación posterior realizada por Contas constató fraccionamientos en todos los departamentos analizados excepto la Consellería de Infraestructuras, de la que a su vez depende la Agencia Gallega de Infraestructuras.

En concreto, Contas dice que “en la Agencia Gallega de Infraestructuras se detectó la existencia de fraccionamiento en expedientes que representan el 5% de la contratación menor realizada”. Ese porcentaje de fraccionamiento de contratos es según Contas de un 2% en la Consellería do Mar y de un 1,04% en la de Medio Ambiente, en la que atribuye el incumplimiento en concreto a la Dirección General del Territorio y Urbanismo. Contas también señala el fraccionamiento de nueve contratos en Medio Rural pero no cuantifica el porcentaje que eso supone.

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