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La principal autopista gallega, condenada a devolver los peajes cobrados cuando hay atascos

Feijóo, Pastor, Rajoy y De la Serna en la inauguración en diciembre de 2017 de la ampliación de la AP-9 en el puente de Rande

David Reinero

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Audasa, concesionaria de la AP-9, la principal autopista gallega, que une Ferrol y la frontera portuguesa atravesando las zonas más pobladas de la comunidad, tendrá que devolver los peajes que cobró durante las obras de ampliación de carriles del Puente de Rande, próximo a Vigo, en 81 momentos concretos en los que el tráfico se vio afectado entre el 4 de febrero de 2015 y el 30 de mayo de 2018. Así lo acaba de establecer el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, que acoge parcialmente la demanda contra la concesionaria de la AP-9 interpuesta por la Fiscalía, a la que se adhirieron las asociaciones Adicae y En Colectivo, así como particulares. Los demandantes consideran “histórica” la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida.

La sentencia también obliga a la concesionaria a cesar en el futuro en esa “práctica abusiva” cuando se produzcan en la vía incidentes que la DGT califique con los colores negro (carretera cortada), rojo (circulación difícil, muy lenta con paradas frecuentes y prolongadas) o amarilla (circulación irregular, lenta con paradas esporádicas) “siempre que a dichos usuarios no se les facilitara información sobre el estado de la vía” que les permita elegir otro itinerario distinto al peaje. Eso es lo que la sentencia considera que pasó en esos 81 momentos que certifica y que dan derecho a los usuarios que se vieron atrapados en la vía a ser compensados por Audasa.

Ahora cualquier usuario particular, no sólo los que se adhirieron a la demanda, podrá solicitar ser reconocido como beneficiario de la condena. Para eso deberán acreditar que circularon en esas fechas por esos tramos afectados de la AP-9 y las cantidades concretas abonadas por peajes.

El juez considera “indiferente” que los incidentes fueran motivados directamente por las obras o por otras circunstancias, tales como accidentes, vehículos averiados, incendios o desprendimientos de tierras. “Lo relevante no es la causa, sino el hecho de cobrar un precio a un consumidor que no recibió la prestación del servicio y al que no se le proporcionó la información necesaria para que pudiera tomar su decisión”, subraya. El titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra recalca que “no consta de ninguna forma que hubiera alguna causa de fuerza mayor que impidiera a Audasa informar a los conductores con la suficiencia y antelación oportunas” con los diversos paneles informativos de los que dispone.

El juzgado también desmonta el argumento de Audasa de que los usuarios sabían que en Rande había obras. La sentencia dice que una cosa es saber que las obras pueden demorar uno o dos minutos los viajes y otra que en varias ocasiones el tráfico quedara cortado por completo. Además, frente al argumento de que los usuarios podían informarse del estado del tráfico en la web de la DGT, la sentencia recuerda que está prohibido conducir y consultar el móvil a la vez, mientras que la propia AP-9 cuenta con paneles informativos en los que no se informaba a los usuarios sobre su estado.

Por el contrario, el juzgado decretó que “no resulta procedente” la demanda de la Fiscalía de establecer los criterios que debe seguir Audasa para garantizar el cese de las prácticas abusivas ni la exigencia de que la entidad presente al Juzgado un criterio de eliminación del precio del peaje en determinados casos. “No le corresponde a este juzgado regular las condiciones de la prestación del servicio de autopista por parte de una entidad concesionaria de una obra pública”, recalca el juez.

El magistrado también descartó considerar los hechos como un daño o perjuicio que merezca una compensación superior a la restitución del precio abonado en concepto de peaje “el hecho de tardar 10 minutos más de lo habitual en cubrir los tramos afectados por los 81 incidentes mencionados”. No resultó acreditado, según la sentencia, que los incidentes causaran demoras superiores a 17 minutos.

Durante la causa judicial, la Fiscalía afeó que el entonces presidente, Mariano Rajoy, inaugurara la ampliación de Rande el 30 de diciembre de 2017 a pesar de que “continuaron realizándose trabajos en la calzada”. Ahora la sentencia contabiliza hasta 13 ocasiones posteriores a aquella fecha en las que el tráfico resultó afectado.

En la causa, la Abogacía del Estado se puso del lado de Audasa señalando que el contrato concesional no obligaba a la empresa a dejar de cobrar los peajes, postura que evidenció el miedo a que una sentencia contraria como la ahora emitida haga que la concesionaria reclame posteriormente al Ministerio de Transportes o que similares demandas se puedan interponer contra autopistas de toda España.

Estos son los 81 incidentes recogidos en la sentencia que dan derecho a reclamar a Audasa:

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