Nueva sentencia contra la urbanización gallega que lleva 25 años pasando por hotel en zona protegida: “Fue un fraude”
En 1992 la Xunta otorgó un permiso para que en O Grove (Pontevedra), en un espacio natural no urbanizable de especial protección de costas, se levantase un apartahotel, una de las pocas construcciones que de manera excepcional y motivada por el interés turístico puede emplazarse en ese tipo de suelo. Sin embargo, lo que finalmente se construyó fueron 52 chalés adosados vendidos como viviendas individuales. Ahora una nueva sentencia vuelve a exigir su demolición destacando el “fraude” de la operación, que supuso “sacrificar la protección especial de un suelo de elevadas características paisajísticas y ambientales” para una urbanización privada que implicó “una grave afección al interés público y general”.
La resolución ahora emitida por el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra hace un repaso a las numerosas sentencias y recursos previos de un largo litigio en el que los tribunales vienen reiterando la ilegalidad del complejo al tiempo que sucesivos recursos de los propietarios vienen demorando su demolición o transformación efectiva en apartahotel. “Los titulares de las viviendas se resistieron a dicha restauración efectiva [de la legalidad], utilizando distintas técnicas para crear una apariencia ficticia de disolución de la parcelación urbanística sin llegar a implantar un uso hotelero real”, dice la sentencia.
El complejo, señala el juez, fue promovido por la sociedad Inproin Galicia, de la que formaba parte Fernando Varela Fariña, hermano del que fue conselleiro de Cultura en el primer gobierno de Feijóo, Roberto Varela. La sociedad fue vendiendo las viviendas una a una y cometió así, dice la sentencia, “una infracción urbanística muy grave mediante la técnica del fraude de ley” de manera que “bajo la apariencia de un uso dotacional privado [el apartahotel], cuyo interés social justificó en aquel entonces excepcionar y sacrificar la protección especial de un suelo de elevadas características paisajísticas y ambientales, se ejecutó realmente una urbanización privada, para un uso efectivo residencial (no dotacional) y además con una parcelación prohibida”. El juez concluye que “se alcanzó un resultado totalmente prohibido por la normativa aplicable, con una grave afición al interés público y general”.
Fue en 2007, durante el gobierno bipartito de PSdeG y BNG, cuando la Xunta constató que lo construido no había sido un apartahotel sino viviendas individuales y ordenó cumplir la legalidad. Los propietarios podían o bien derribar lo construido y devolver el terreno a su situación original o convertirlo efectivamente en un apartahotel, algo que la nueva sentencia constata que aún no se hizo a pesar de órdenes expresas nuevamente dictadas en 2010, 2013 y 2014. A pesar de que los propietarios consideraban que esas órdenes se habían dictado de manera incorrecta, el juez lo rechaza y, centrándose en el fondo del asunto, recuerda que no hay pruebas de que el complejo funcionase nunca hasta ahora como apartahotel. El juez pone como ejemplo de que el fraude continúa el hecho de que la última orden de demolición fuese recurrida ante él “por cada propietario separadamente (defendiendo realmente su 'vivienda'), y no en un único litigio por la comunidad de bienes en proindiviso que supuestamente sería la propietaria y explotadora única de todo el complejo”.
Así, el juez ratifica la última orden de demolición dictada por la Xunta en 2014, pero contra su decisión puede ser nuevamente formulado recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, por lo que más de 25 años después el lugar de Raeiros, en O Grove, donde se levanta el complejo seguirá esperando un apartahotel o recuperar su estado natural previo.