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Procesada la antigua cúpula de Puertos en Baleares y una abogada del Estado por amaño de contratos en favor del Club Náutico de Ibiza

Club Náutico de Ibiza

Rafael Méndez

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La concesión del puerto de Ibiza, uno de los más codiciados del mundo, tenía que ser, sí o sí, para el Club Náutico de Ibiza. Entre 2009 y 2018, la Autoridad Portuaria de Palma hizo lo posible -y, según la jueza que desde hace años investiga el caso, también lo imposible- para que el club siguiera ocupando el dominio público como lo llevaba haciendo desde 1927. Por ello, la jueza procesa los responsables de la Autoridad Portuaria de Baleares, con el expresidente Joan Gual de Torrella a la cabeza, por prevaricación, fraude en la Administración y cohecho. Todo estaba avalado por la abogada del Estado del puerto, Dolores Ripoll, la que defendió a la infanta en el caso Noos con la frase de que  “el lema ‘Hacienda somos todos’ se limita al ámbito de la publicidad”. En un caso sin muchos precedentes, la jueza la incorpora en el equivalente al auto de procesamiento, al que ha tenido acceso elDiario.es, el paso previo a mandarlos al banquillo.

La magistrada resume el concierto para mantener al Club Náutico de Ibiza (CNI) en sus instalaciones pese a terminar su concesión. “Las resoluciones injustas suponen, como resultado práctico, atribuir a un particular previamente concertado la explotación de una parte del dominio público portuario en una zona, el puerto de Eivissa, que se encuentra entre las más demandadas de todo el mundo, lo cual tiene unas repercusiones económicas importantísimas, resultando que se elige ‘a dedo’ al particular que en los próximos 35 años va a explotar ese dominio público”, señala la magistrada del juzgado de instrucción 3 de Palma, Martina Mora, en el auto en el que procesa a 17 de personas, de la Autoridad Portuaria y de dos puertos beneficiados por esos presuntos amaños.

El Club Náutico es una institución en la isla. Con mil socios es un referente local. Pero también es, por su alta demanda de yates, un fabuloso negocio. Los puertos ocupan dominio público por lo que operan en concesión, no pueden ser propiedad privada. La del CNI databa de los años 20 del siglo pasado así que cuando expiraba, en 2009, comenzó contactos con autoridades locales para conseguir una prórroga. En ese momento, Dolores Ripoll, la abogada del Estado que asesora a la Autoridad Portuaria de Palma, concluyó “que el CNI no reúne los requisitos previstos en la Ley para ser considerado de interés estratégico y relevante”, según la juez. Eso cerraba la puerta a la prórroga.

Aun así, según el auto del pasado 17 de junio, retorcieron el procedimiento para cumplir lo pedido por los partidos de las islas, que votaron en resoluciones mantener al CNI allí. La APB fue dando permisos al CNI y los tribunales de lo contencioso los fueron anulando al apreciar que estaban predeterminados para ir a ese adjudicatario. 

El auto de procesamiento incluye también otro caso parecido pero de menos trascendencia política, el de la marina Asmen. Los puertos son un gran negocio y, al ir venciendo las concesiones, las comunidades costeras han ido maniobrando para mantenerlas en sus anteriores dueños sin abrirlas a la competencia. Eso ha generado una investigación europea y una serie de litigios con distinta solución.

El de Palma ha sido de los más escandalosos, ya que Anticorrupción presentó querella y la juez abrió el llamado Caso Puertos que ahora da el primer paso hacia el juicio. “De las diligencias practicadas se desprende la concurrencia de indicios sólidos suficientes para entender que, dentro del organismo público Autoridad Portuaria de Baleares (en adelante, APB), los investigados Joan Gual de Torella (en su condición de Presidente del organismo), Juan Carlos Plaza (en su condición de Director del organismo) y María Dolores Ripoll (en su condición de Abogada del Estado, Asesora de la APB) se concertaron, entre sí y con el particular beneficiado, para la adjudicación de dos títulos de explotación del dominio público portuario apartándose para ello de los criterios de legalidad, transparencia, objetividad y concurrencia que han de presidir las decisiones públicas”, señala la magistrada.

El auto, de 161 páginas, es duro con la actuación de la APB: “Dichas resoluciones fueron dictadas a sabiendas de su injusticia, de su oposición al ordenamiento jurídico y de que daban lugar a un resultado materialmente injusto, imponiendo su voluntad sobre cualquier otra consideración”. “Todo ello en aras a beneficiar injustamente al particular que resultó adjudicatario de la explotación del dominio público portuario, en un caso el CNI y en el otro caso la entidad Marina Asmen, ambos partícipes, a través de sus representantes legales, de dicho concierto”.  “El Consejo de Administración de la APB dictó varias resoluciones arbitrarias e injustas para favorecer ilegal y deliberadamente al CNI en ejecución de la voluntad arbitraria del entonces Presidente Gual de Torrella”.

Cuando al fin hubo varios competidores, la APB llegó a primar “el arraigo” de los solicitantes. Según la jueza, “el concepto de ‘arraigo’ se introdujo vinculado al lugar (la isla y ciudad de Eivissa) y al número de socios que tuviera el Club resultando que los investigados sabían que, de los tres proyectos concurrentes, sólo el CNI se encontraba instalado en la zona (de hecho, lo estaba desde el año 1927)”.

El caso tiene ramificaciones políticas. Los presidentes de las autoridades portuarias son designados por las comunidades autónomas. Gual, considerado próximo al PSOE, fue designado por el Ejecutivo de Francina Armengol y dimitió con el caso. 

Hay más cargos para los que la jueza pide ahora que las partes acusen o pidan el archivo. “El investigado Rafael Ruiz (alcalde de Ibiza) [el socialista dejó el cargo en 2023], como vocal del Consejo, votó a favor de la aprobación de los criterios de valoración precisamente porque sabía que beneficiaban al CNI y con la voluntad de conseguir la adjudicación a favor de dicha entidad, apercibiéndose de su injusticia y de la oposición a la libre concurrencia”.  

Mientras los tribunales de lo contencioso iban anulando los concursos, el CNI seguía ocupando el puerto mediante permisos temporales anuales. Así ha estado entre 2010 y 2021 pese a que el plazo máximo para esta fórmula es de tres años. Tras estallar el caso Puertos, “se ha convocado otro concurso sobre el mismo dominio público, resuelto el 19 de abril de 2024, no habiendo resultado elegida la oferta del CNI”. 

Es novedoso que la investigación incluya a la abogada del Estado Dolores Ripoll. Generalmente, los abogados del Estado emiten sus informes jurídicos y dan cobertura, o no, a las decisiones políticas. Pero rara vez son acusados de prevaricación. El caso de Ripoll desató una tormenta en la Abogacía del Estado porque fue un compañero suyo en las islas y con menor rango, el también abogado del Estado Enrique Braqueahis, el que se plantó. Los procesados, “actuaron de este modo incluso a pesar de las numerosas y fundadas objeciones jurídicas mostradas por dos vocales del Estado Enrique Braquehais (Abogado del Estado que ocupaba el cargo de vocal por el Estado) y Jesús Gesé (ingeniero de Puertos del Estado que ocupaba el cargo de vocal por el Estado) a las que no dieron ninguna respuesta razonable, lo que es claramente indiciario de desviación de poder”.

La jueza destaca que, como estos dos técnicos se oponían, Gual y Ripoll “realizaron las maniobras necesarias en Puertos del Estado y en la Abogacía General del Estado, respectivamente, para conseguir que de alguna forma fueran apartados los dos vocales y poder finalmente aprobar la nueva elección del CNI sin oposición”. Braqueahis y Jesé acabaron dimitiendo del consejo de la Autoridad Portuaria y ahora son pieza clave en la investigación.

En todo el procedimiento, la magistrada señala que hubo “un concierto” entre la Autoridad Portuaria y el club náutico. “Los intereses del CNI son defendidos por los responsables del organismo público y no sólo por los representantes de la entidad privada o incluso de forma más vehemente por los funcionarios públicos” pese a que “la defensa de los intereses del CNI no implicaba la defensa simultánea del interés general que debe perseguir el organismo público Autoridad Portuaria”.

La juez también procesa a Javier Enríquez, representante de una entidad que competía con el CNI por la adjudicación al considerar que hay indicios de que negoció un cohecho con Gual a cambio de retirar los recursos que tenía interpuestos y que estaba ganando sistemáticamente a la autoridad portuaria.

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