La Justicia reconoce el derecho a descanso de la Policía Local de Haro
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño ha anulado un Decreto de Alcaldía de Haro con fecha de agosto de 2014 y da la razón “a un policía local por incumplimiento de la normativa europea en maeria de seguridad y salud”. Sentencia, aclaran desde UGT, que “vuelve a dar la razón a este sindicato”.
Tal y como recuerdan desde UGT, el decreto fue aprobado por el anterior alcalde, Patricio Capellán. El objetivo, “desestimar la petición de este trabajador a que fuera aplicada la normativa europea en materia de derecho a descanso adecuado en turnos de trabajo y que incumplía, claramente, el calendario laboral impuesto por el propio consistorio”.
Y así lo ha considerado el Juzgado, insisten, que no ha observado ninguna justificación válida para incumplir esta Directiva europea, por lo que ha fallado en contra del Ayuntamiento de Haro, anulando el Decreto y obligándole a que compense a este trabajador hasta agosto de 2014 con tres días y tres horas, así como desde agosto de 2014 a diciembre de 2015 con lo que le corresponda por los días que se haya incumplido la normativa.
Sentencia extensible a toda la plantilla
FSP-UGT considera que esta sentencia es extensible a toda la plantilla de la Policía Local y que, por lo tanto, se debe compensar a todos los trabajadores a los que afecta este calendario impuesto por el Consistorio, lo que agrava aún más la falta de personal en la plantilla de Policía Local.
Pero además, la sentencia vuelve a condenar en costas al Ayuntamiento de Haro y, por esta razón, UGT recuerda a los responsables jarreros que “su obligación es gestionar correctamente los recursos municipales, tanto humanos como técnicos”. De lo contrario, apuntan, “seguirán generando costes innecesarios para el municipio y tensiones entre sus trabajadores que tienen que acudir al Juzgado para que resuelva las carencias políticas y técnicas del Consistorio”.
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