No hay riesgo de salud pública tras el brote de salmonelosis

No hay riesgo de salud pública tras el brote de salmonelosis

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Ante las informaciones difundidas en relación a un brote de salmonelosis en un establecimiento hostelero de Logroño, la Consejería de Salud quiere poner de manifiesto que no existe ningún riesgo para la salud pública. Todas las personas afectadas se encuentran en buen estado de salud, como ha informado el Ejecutivo riojano. Salud ha indicado también que espera concluir esta semana el proceso de investigación epidemiológica. Los resultados obtenidos por la inspección que se llevó a cabo en el propio local inciden en que “no existen razones para adoptar medidas cautelares”.

Los servicios de inspección de la Dirección General de Salud Pública actuaron de forma inmediata tras conocer la aparición de un caso, como han comunicado desde el Servicio Riojano de Salud.

Además de dicha actuación, los inspectores procedieron a la recogida de una serie de muestras de todo tipo, con el fin de establecer el origen del brote, que ya se ha localizado, por lo que ahora los inspectores de la Dirección General de Salud Pública trabajan sobre dos hipótesis. La primera que una partida alimenticia estuviera en mal estado o bien la existencia de un portador de salmonelosis humano. En cualquier caso, todos los resultados hasta ahora obtenidos parecen indicar una mala práctica de carácter ocasional.

Los primeros resultados de las muestras ya han sido recibidos y en los próximos días se irán recibiendo el resto, que permitirán hacer un cuadro completo de la situación y terminar el informe epidemiológico con las conclusiones correspondientes.

Una vez finalizado dicho informe, se acometerá la apertura de un expediente, en el que se dará cuenta de la posible sanción que corresponda al establecimiento.

NO SE DIFUNDIRÁN LOS DATOS DEL ESTABLECIMIENTO

La Consejería de Salud mantendrá, tanto en este asunto como en todos los casos similares que tienen lugar en la región, un estricto cumplimiento de la ley en cuanto a la difusión de datos, máxime cuando no existe sanción en firme y la inspección no ha adoptado ninguna medida cautelar por no existir riego para la salud pública.

Aunque por tratarse de una actividad empresarial no se encuentre sometido a la normativa sobre protección de datos de carácter personal, el acceso a cualquier información/documentación deberá hacerse en el marco de lo dispuesto al respecto en la Ley 30/92 de 26 de noviembre, facilitándose sólo a quienes tengan la condición de interesados conforme al artículo 31.

La publicidad que podría darse desde esta Dirección en cuanto al nombre/razón social del establecimiento tendría el carácter de una sanción accesoria (artículo 53.b) de la Ley 17/2011 de 5 de julio de seguridad alimentaria y nutrición y, por lo tanto, debería acordarse en el marco de un procedimiento sancionador.

La Consejería de Salud se ha puesto en contacto tanto con ARBACARES como con la FER para explicarles la razón por la que no puede difundirse el nombre del establecimiento.

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