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Pamplona gana la retroactividad total en las cláusulas suelo mientras ADICAR pide prudencia

Pamplona gana la retroactividad total en las cláusulas suelo mientras ADICAR pide prudencia

Rioja2

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La última ha sido una sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Pamplona, pero no es la única. Ya son varios los juzgados en los que se ha dado la razón a los consumidores, obligando a los bancos a devolver el dinero cobrado de más por cláusulas suelo desde que se firmó la hipoteca, y no desde mayo de 2013, fecha reconocida por el Tribunal Supremo. Sin embargo, desde la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros de la Rioja, Adicar, reciben con prudencia estas sentencias a la espera de que Europa se pronuncie.

Desde que el Tribunal Supremo reconoció el carácter nulo de las cláusulas suelo y obligó a la devolución del dinero con carácter retroactivo desde la fecha de esa sentencia, mayo de 2013, son cientos las causas iniciadas por clientes riojanos para lograr el reintegro de lo pagado de más. Carlos Ruiz, el abogado de Adicar, siempre les aconseja reclamar sólo lo cobrado a partir de esa fecha, como estableció el Supremo, puesto que si piden lo anterior y no lo logran, “se cierran la puerta a reclamaciones posteriores, ya que no se puede juzgar un asunto dos veces”.

Y es que, pese a que esa sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Pamplona ha estimado una demanda colectiva presentada por una Asociación de Consumidores, en la que 18 clientes del Banco Popular pedían la retroactividad total, ahora la entidad financiera puede recurrir y el asunto pasará a la Audiencia Provincial. Estos tribunales todavía no han reconocido dicha retroactividad total y cuentan además con la sentencia del Tribunal Supremo, que sólo la reconoce a partir de 2013.

Habrá que esperar, por tanto, a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea sobre este asunto. Ruiz ha detallado a Rioja2 que en julio se pronunciará el abogado general, en un dictamen no vinculante pero que suele “marcar el camino” al Tribunal europeo, cuya sentencia no se espera antes de diciembre.

Este Tribunal podría resolver coincidir con el Supremo y marcar el inicio de la retroactividad en 2013. También podría estimar la retroactividad total o, incluso, anular las cláusulas sin devoluciones. Ante estas posibilidades, Adicar sigue apostando por reclamar sólo lo pagado desde 2013, porque, según cuál sea la sentencia europea, los clientes podrían no cobrar nada o no poder reclamar la devolución íntegra, si ya se ha reclamado anteriormente.

TRIBUTAR POR LAS COSTAS DE UN CASO GANADO

Por otro lado, Ruiz ha calificado de “lamentable” el reciente cambio de criterio de la Agencia Tributaria, que establece que cualquier ciudadano que gane un juicio -de cláusulas suelo o de preferentes, por ejemplo- deberá declarar las costas como ganancia, sin poder desgravarlas, pese a que ese dinero es cobrado por el abogado.

“Cuando los consumidores interponen una demanda y la ganan, las costas son abonadas al consumidor, que luego paga a su abogado. Como el cliente no actúa como un empresario, no puede desgravar esa 'ganancia' y deberá tributar por ella”, explica Ruiz, quien considera que la Agencia Tributaria “se equivoca y tendrá que corregir este planteamiento”, que supone “una doble imposición sobre el mismo dinero”, ya que los abogados ya declaran su actividad profesional.

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