El Tribunal Constitucional suspende varios artículos de la Ley del Paisaje de La Rioja
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra varios artículos de la Ley del Paisaje de La Rioja “por invadir competencias estatales” y suspende varios de sus artículos.
En concreto se refiere a los artículos 13.3, 14, 22.3, 23.6, 24 y 28 y disposición transitoria segunda de la Ley 4/2025, de 1 de julio, del paisaje de La Rioja, únicamente en tanto que resulten de aplicación a las actuaciones de competencia estatal.
El Tribunal, tras haber invocado el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, ha suspendido la vigencia y aplicación de los citados artículos y disposiciones desde la fecha de interposición del recurso (1 de abril de 2026) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
En su demanda, el Gobierno central sostiene que los preceptos impugnados podrían menoscabar las competencias estatales con incidencia territorial previstas en los artículos 149.1, 20a, 21a, 22a y 24a de la Constitución, así como la competencia estatal sobre legislación básica en materia de medio ambiente del artículo 149.1.23a.
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