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Guía del nuevo estado de alarma en Madrid: cierres selectivos y toque de queda de medianoche a seis de la mañana

Un policía municipal de Madrid frente a una terraza. EFE

Fátima Caballero

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La Comunidad Madrid vuelve a implantar desde este lunes cierres selectivos en la ciudad de Madrid en aquellas zonas con mayor incidencia del virus. Los madrileños que vivan en las 32 zonas sanitarias de salud seleccionadas por el Gobierno regional verán restringida la entrada y la salida y otras medidas de limitación de aforos que se complementan con las aprobadas por el Consejo de Ministros en el nuevo estado de alarma que incluye un toque de queda obligatorio para las comunidades autónomas –menos Canarias– que pueden adaptar.

Entre las medidas que más destacan está la prohibición de las reuniones tanto en espacios públicos como en privados entre la medianoche y las seis de la mañana y la ampliación del horario de la hostelería hasta la 00 horas –una hora más de lo que permite el Gobierno–. Se prohíbe, no obstante, el consumo en barra.

En las 32 áreas de salud se restringen a partir de este lunes la entrada y salida, aunque se permite la circulación de personas residentes dentro de estos ámbitos territoriales. También se permitirá que los ciudadanos salgan del perímetro por desplazamientos que cuenten con una justificación (motivos laborales, sanitarios...).

Estas son las restricciones que afectan a toda la región:

-Entre las 00:00 horas y las 06:00 horas se prohíben las reuniones sociales o familiares que se limitan solo los convivientes, salvo por motivos de asistencia, cuidado a mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o por cuestiones laborales.

-Las reuniones fuera o dentro de los domicilios tendrán que tener un aforo máximo de seis personas.

-En la hostelería y la restauración, se suspende el servicio de barra y en mesa se reduce el aforo al 50% y en terrazas al 75%.

-Los restaurantes cerrarán en toda la región a las 00 horas –no hay distinción por zonas básicas de salud– aunque solo podrán recibir clientes hasta las 23 horas. Supone un cambio con respecto al estado de alarma y las anteriores órdenes de la Consejería de Sanidad que establecían cierres a las 23 horas y 22 horas, respectivamente.

-En los salones de banquete se reduce el aforo al 50%.

-Los establecimientos comerciales no podrán iniciar la actividad antes de las 6 horas y deberán cerrar a las 22 horas, a excepción de los que presten servicios imprescindibles e inapalazables. El aforo permanece como hasta ahora, al 75%.

-Los cines, auditorios y teatros reducen su aforo al 75%, salvo salas multiusos polivalentes que quedan al 40%. También deberán cerrar a las 00 horas, al igual que las residencias y colegios de mayores.

-Las instalaciones deportivas al aire libre no podrán abrir antes de las 6 horas y deberán cerrar a las 00 horas. En gimnasios se reduce el aforo a un 50% y a grupos de seis personas.

-Los parques y jardines cerrarán también en el mismo a las 00 horas.

-Los establecimientos de juegos y apuestas también tendrán que cerrar a medianoche y se reduce el aforo a un 50%.

-En las instalaciones funerarias se reduce el aforo al 50% así como en los lugares de culto.

Zonas básicas de salud

A continuación, las medidas adicionales para las zonas básicas de salud que entran en vigor el próximo lunes:

-Se restringe la entrada y salida de las áreas sanitarias, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por motivos de trabajo, sanitarios, legales y judiciales, de educación (incluidos exámenes), por retorno al lugar de residencia habitual, asistencia a personas dependientes, a entidades financieras o por otras causas de fuerza mayor o situación de necesidad debidamente acreditadas.

-La circulación por carreteras que atraviesen los municipios será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.

-También se puede llegar o salir en otros medios de transporte, como el avión, pero siempre que no se resida ni pernocte en la ciudad confinada.

-La circulación de personas residentes dentro de los municipios será posible, respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias (uso de mascarillas, distancia social, etcétera).

-Los establecimientos de restauración limitaran el aforo al 50%, en interior y exterior, y no está permitido el consumo en barra. Las mesas igualmente deberán guardan la distancia de 1,5 metros.

-Todos los establecimientos comerciales no podrán superar el 50% del aforo permitido y tendrán como hora de cierre las 22 horas.

-La asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo y deberá garantizar en todo caso la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros así como el uso de mascarilla.

-La asistencia a velatorios se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire o 10 en espacios cerrados, “sean o no sean convivientes”.

-La actividad que se realiza en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50% y podrá realizarse deporte en instalaciones interiores, al 50% del aforo, y en exteriores, del 60%.

¿Cuáles son las áreas afectadas por las restricciones en Madrid?


Fuente: Comunidad de Madrid


Las 32 áreas de salud afectadas

Las áreas sanitarias con restricciones afectan a doce municipios de toda la región: Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja.

En Madrid capital las áreas restringidas pertenecen a nueve distritos: son Núñez Morgado (distrito de Charmartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).

En el resto de municipios de la región son Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama); Majadahonda (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón); San Blas y Pintores (Parla); Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo); zona básica de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña); Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz).

En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.

Consulta el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid con todas las medidas de las zonas básicas de salud:

ORDEN 1405/2020, publicada en el BOCM por la que se adoptan medidas para la contención del coronavirus en d... by eldiario.es on Scribd

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