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Familias receptoras del IMV en Madrid reducen sus ingresos de 600 € a 125 € estas navidades por un error de cálculo de la Administración

Campaña de difusión de RMI tu derecho

Somos Madrid

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Muchas familias receptoras del IMV (Impuesto Mínimo Vital) han tenido que pasar las navidades con una rebaja severa en su prestación que no esperaban, según denuncian desde la plataforma RMI tu derecho, formada por colectivos radicados en distintos barrios de Madrid que luchan contra la exclusión social.

Algunas de estas familias han recibido la prestación recortada durante el mes de diciembre –incluso el día de Nochebuena– sin explicación alguna. Solo días después, les ha llegado una escueta notificación de reducción o, incluso, de extinción del IMV.

Desde RMI tu derecho han analizado decenas de casos y han encontrado que la causa hay que buscarla en que el INSS ha dejado que transcurra casi un año completo para llevar a cabo la revisión de la cuantía de IMV 2021 en base a los ingresos computables obtenidos durante 2020, llegando a descontar en algunos casos los ingresos 2020 por renta mínima autonómica, algo que no debe hacerse, según explican desde la plataforma.

A veces, la Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid se ha incluido en la declaración del IRPF como renta del trabajo, error burocrático que tiene consecuencias catastróficas para estas familias empobrecidas. En muchas ocasiones, la equivocación proviene de indicaciones dadas por los asesores de la propia Agencia Tributaria a la hora de hacer la declaración.

El ingreso de una unidad familiar, según ejemplifican desde RMI tu derecho, puede haber pasado de 600 a 125 euros en diciembre, con el agravante de que, si no se corrige la situación, el próximo paso será reclamar 475 euros por cada mes cobrado en 2021. Además, durante 2022 la familia tipo del ejemplo seguirá cobrando solo 125, al menos hasta que el INNS revise la cuantía (lo que en este ejercicio solo ha sucedido en el último mes del año).

Según los activistas “lo importante es que, se atribuya a quien se atribuya el error en el IRPF, el mandato que el RDL 20/2020 (art. 19.7) daba al INSS en 2021  en su art. 19.7 no era ”copiar“ la casilla 0003 u otras, que aportan información insuficiente y no distinguen los orígenes de los ingresos, sino que el INSS obtenga datos fidedignos recabando de la AEAT la información necesaria sobre datos fiscales e imputaciones”.

En estos momentos, desde las asambleas de activistas que componen la plataforma, como Invisibles de Tetuán, se están preparando las reclamaciones en base a que se les han descontado las rentas autonómicas, pese a que no son computables a efectos de IMV. Sin embargo, la plataforma reclama al INSS que adopte medidas de alcance general para resolver lo que denominan una “catástrofe social”, dado que muchas familias se encuentran desorientadas, sobrepasadas y enfrentadas a la posibilidad de que los plazos de reclamación espiren.

Por ello, solicitan que dejen en suspenso las revisiones pendientes de rebaja de la prestación o extinción de la misma y se emitan nuevas resoluciones en aquellas que no estén bien hechas.

Este no es el primer problema derivado de la obligatoriedad de hacer la declaración anual de IRPF para solicitar el IMV, ya que en ocasiones las familias lo obtienen estando ya cerrado el plazo para hacer la declaración –que no estaban obligados a hacer por sus ingresos– y el INSS exige hacer la declaración fuera de plazo, optando entre perder el IMV o pagar una multa a Hacienda, sin que en realidad los solicitantes hubieran incumplido ninguna obligación fiscal o como beneficiarios de IMV.

 

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