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Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

Europa desmiente que vaya a prohibir reparar los coches antiguos

El reglamento europeo no evitará que el propietario conserve su vehículo antiguo mientras lo desee.

V. C.

El penúltimo bulo que está circulando con insistencia por redes sociales y diferentes webs apunta a que las autoridades europeas planean prohibir la reparación de vehículos antiguos, lo que sería supuestamente un jalón más en su larga cruzada contra los coches de combustión. A principios de enero, un usuario anónimo escribía en X: “¡Toma Agenda 2030! La UE prohibirá reparar vehículos que requieran de una sustitución de motor, de la caja de cambios, de la carrocería, del chasis o que tengan los frenos y los componentes de dirección desgastados”.

Como, lejos de quedar ahí, la especie comenzó a propagarse con la rapidez que caracteriza a cualquier proclama catastrofista, la Comisión Europea ha tenido que salir a desmentirla. Su texto, publicado -también en la antigua Twitter- en el perfil oficial en español del organismo, dice lo siguiente: “Desde la oficina de la Comisión Europea en España queremos desmentir esta información que está circulando por redes sociales. No, la propuesta de la Comisión no impedirá reparar o cambiar los motores de los coches cuando sea necesario. Al contrario, varias disposiciones de la propuesta pretenden facilitar la reparación de los coches. Solo se aplicaría a una minoría muy reducida de coches cuya especificidad es un motor concreto. Por supuesto, no es el caso de los coches estándar”. 

¿De qué estamos hablando exactamente? Todo tiene que ver con un documento sobre economía circular en el sector del automóvil que busca aplicarse a todas las fases de la vida del vehículo, desde el diseño hasta el tratamiento final cuando no puede seguir circulando. 

Se trata del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los requisitos de circularidad aplicables al diseño de los vehículos y a la gestión de los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2018/858 y (UE) 2019/1020 y se derogan las Directivas 2000/53/CE y 2005/64/CE. El texto está fechado el 13 de julio de 2023, pero no ha sido hasta el nuevo año cuando ha activado las alarmas de los agoreros.

Ahora mismo, la propuesta se halla pendiente de aprobación por parte del Parlamento Europeo y el Consejo Europeo, un proceso -eso sí- bajo el que puede sufrir cambios.

Según leemos en el portal especializado Infotaller, la errónea interpretación de la norma parte de la creación del concepto “vehículo residual”, bajo el cual el coche debería ser enviado forzosamente al desguace. La clave “está en saber cuándo finaliza la vida útil de un vehículo, es decir, en qué momento pasa a ser vehículo residual”.

Hasta ahora, es el propietario quien decide hasta cuándo extiende la vida útil de su coche o lo pone a la venta como usado. Si llegara a aprobarse el texto legal tal como está formulado en este momento, habría coches que no podrían repararse ni cambiar de manos porque se estima que han llegado al final de su vida útil, principalmente por carecer de las garantías mínimas de seguridad; en otras palabras, porque se consideran irreparables y, por tanto, deben ser tratados como un residuo.

Supuestos de vehículo “residual”

La Comisión establece los supuestos en que un vehículo pasaría a ser residual:

-Que se haya cortado en trozos o desmontado.

-Que se haya quemado completamente destruyendo el compartimento del motor o el habitáculo.

-Que uno o varios componentes (neumáticos, suspensión, dirección, frenado, airbags o cinturones de seguridad, entre otros) no puedan repararse ni sustituirse.

-Que su reparación requiera la sustitución del motor, la caja de cambios, la carrocería o el montaje del bastidor, lo que daría lugar a una “pérdida de la identidad original del vehículo”.

El reglamento señala también que el coche será técnicamente irreparable si “sus componentes estructurales y de seguridad presentan defectos técnicos irreversibles que los convierten en insustituibles, como el envejecimiento de los metales, la ruptura múltiple de las imprimaciones o la corrosión excesiva por perforación”.

En términos económicos, merecerá la misma calificación cuando el valor de mercado “sea inferior al coste de las reparaciones” necesarias para que pueda obtener el certificado de inspección técnica.  

En los anexos de la propuesta se indican otros criterios para sacar de la circulación determinados vehículos: por ejemplo, en ausencia de medios que permitan identificarlo; cuando su propietario sea desconocido; si no ha realizado la inspección técnica nacional exigida durante más de dos años a partir de la fecha en que se exigió por última vez; en caso de no estar adecuadamente protegido contra daños durante el almacenamiento, el transporte, la carga y la descarga; y “si se entregó para su tratamiento a un punto de recogida autorizado o a una instalación de tratamiento de residuos autorizada”. 

En caso de concurrir alguna de estas circunstancias, se realizará una evaluación técnica individual para determinar si el estado técnico del vehículo le permitiría obtener el certificado de inspección. 

Desde la asociación que agrupa a los distribuidores de vehículos, Ganvam, se ha explicado al medio antes mencionado que la propuesta comunitaria va exactamente “en la dirección contraria a prohibir reparar vehículos con una determinada antigüedad”. En ningún caso se prevé obligar al propietario de un coche a deshacerse de él mientras quiera seguir conservándolo, sino únicamente evitar que lo ponga a la venta cuando no se atiene a unos requisitos mínimos.

Ganvam interpreta que el objetivo de la futura normativa podría consistir en ayudar a las autoridades a detectar los intentos de vender coches que han llegado al final de su vida útil para eludir las normas de gestión de residuos, más que -como se ha especulado- forzar a los usuarios a cambiar de coche por motivos de índole ambiental.

 

 

 

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