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Genealogía de la represión

Manifestación contra la Ley Mordaza convocada por las Marchas por la Dignidad.

María Eugenia R. Palop

-6/02/2016. Prisión provisional sin fianza para los titiriteros Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García Pérez, por ensalzar a ETA. Causa posteriormente cerrada por la Audiencia Nacional. 

-19/01/2017. César Strawberry, cantante de Def Con Dos, condenado a un año de cárcel y seis de inhabilitación por enaltecimiento del terrorismo, vejación a las víctimas del terrorismo e injurias a la corona por unos tuits.

-29/03/2017. Cassandra Vera, condenada por la Audiencia Nacional a un año de prisión y siete de inhabilitación absoluta por humillación a las víctimas del terrorismo. Posteriormente absuelta por el Tribunal Supremo, aunque estigmatizada y masacrada socialmente. Un caso parecido fue el del tuitero Arkaitz Terrón, absuelto por unos tuits y condenado por otros.

-12/09/2017. Un juzgado suspende el acto a favor del derecho a decidir y el referéndum catalán que iba a celebrarse en un local cedido por el Ayuntamiento de Madrid. 22/09/2017. Se prohíbe cautelarmente una charla sobre “el derecho a decidir” en Zaragoza. El mismo mes de septiembre, la judicialización preventiva de discrepancias políticas se da también en Vitoria (País Vasco), donde los tribunales prohibieron dos reuniones públicas de apoyo al referéndum. Y el ayuntamiento de Castelldefels (Cataluña), se une a estas iniciativas prohibiendo con carácter general el uso de espacios públicos para celebrar reuniones a favor o en contra del referéndum.

-4/12/2017. La Insurgencia, doce raperos condenados a dos años y un día de cárcel por enaltecimiento de los Grapo, una multa de 4.800 euros y nueve años de inhabilitación absoluta. En la misma operación fue detenido Nyto Rukeli, de 23 años. El fiscal lo acusó de enaltecimiento del terrorismo por las letras de sus canciones. Antes, en 2013, Alex García, cineasta de 23 años, fue acusado de enaltecimiento del terrorismo por su largometraje: “Represión: un arma de doble filo”, exponiéndose a una condena de dos años y un día de prisión, más nueve años de inhabilitación y una multa de 4.800 euros. También ha sido condenado a un año y seis meses de prisión Boro, periodista, por enaltecimiento de ETA en sus mensajes en Facebook.

-20/02/2018. El Tribunal Supremo confirma la sentencia que la Audiencia Nacional impuso a Valtonic. Tres años y medio de prisión por enaltecimiento del terrorismo, injurias a la corona y amenazas a Jorge Campos, presidente de la asociación Círculo Balear. Hoy tiene que acreditar la suspensión de la condena por el Tribunal Constitucional o ingresar en prisión.

-21/02/2018. Un juzgado acuerda el secuestro cautelar del libro Fariña, obra en la que el periodista Nacho Carretero profundiza en la historia del narcotráfico gallego.

-22/02/2018. Ifema retira de Arco la obra de Santiago Sierra que define como “presos políticos” a Junqueras y a los Jordis.

-2/03/2018. Pablo Hásel, condenado a dos años y un día de prisión por enaltecimiento del terrorismo (con agravante de reincidencia) y una multa de 24.300 euros por injurias a la corona y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

-15/03/2018. La revista Mongolia deberá pagar 40.000 euros a José Ortega Cano por una caricatura que vulnera su derecho al honor y a la propia imagen. También la revista El Jueves está sometida a investigación por bromear con la actuación policial el pasado 1 de octubre en Cataluña. Jordi Pesarrodona, concejal de Sant Joan de Vilatorrada, fue imputado por un delito de odio y otro de resistencia grave, por aparecer con una nariz de payaso junto a un agente de la Guardia Civil durante los registros de la sede de la conselleria d’Economia de la Generalitat. Y, aunque fue archivada, también se abrió una causa contra la Drag Sethlas por vestirse de Virgen a ritmo de Madonna y Lady Gaga en el carnaval canario. Un juzgado investiga también a Willy Toledo por insultar a Dios y a la Virgen María en Facebook. Toledo criticaba la apertura de juicio oral contra tres mujeres por la procesión del coño insumiso en Sevilla. Un delito contra los sentimientos religiosos. También fue investigado por esta causa el concejal de cultura de A Coruña, José Manuel Sande, por un cartel de Carnaval obra del dibujante Alberto Guitián, y fue condenado un joven en Jaén por publicar en Instagram un montaje de un Cristo y su rostro.

-9/04/2018. El PP pide cancelar una obra de Alberto San Juan en un pueblo de Granada por su ideología radical y sectaria. Según el portavoz del grupo municipal se trata de un autor que ha ofendido gravemente a las víctimas del terrorismo, a la Iglesia, al estamento judicial o a la policía. Algo parecido le sucedió a la compañía de teatro Proyecto 43-2 en Huelva, cuando quisieron representar su espectáculo sobre la vía Nanclares.

-16/04/2018. Rommy Arce, concejala del Ayuntamiento de Madrid, es imputada por un presunto delito de injurias y calumnias por sus tuits contra la policía municipal tras los recientes incidentes de Lavapiés en los que murió un senegalés de 38 años. Se pide también la imputación de Malick Gueye, portavoz del sindicato de manteros y lateros, y se imputa por los mismos delitos a varios autores identificados solo por sus cuentas de Twitter y Facebook. Se había solicitado también la imputación de Monedero, el Partido Comunista de Madrid e Izquierda Unida, finalmente desestimada.

Hace un par de días se abrió el juicio de Alsasua contra tres jóvenes (Adur Martínez de Alda, Oihan Arnanz y Jokin Unamuno) por agredir en un bar a una pareja de la guardia civil en octubre de 2016 y romperle el tobillo a uno de ellos. Los hechos fueron calificados como delitos de terrorismo, de manera que se les piden condenas que acumulan un total de 375 años de cárcel y que podrían conllevar para cada uno de ellos penas de hasta 50 años (25 de cumplimiento efectivo). La Fiscalía pide, además, 12 años y seis meses de prisión por un cargo de amenazas terroristas que se limita a una frase: “esto es lo que vais a tener cada vez que bajéis”. Estos jóvenes llevan un año y medio en prisión preventiva bajo el excepcional régimen de FIES, aplicado habitualmente contra los acusados por delitos de terrorismo, y a 400 kms de sus hogares. Hay cinco jóvenes más en libertad condicional y a la espera de este juicio.

El Relator Especial de Naciones Unidas sobre la protección de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo señala claramente que los actos de terrorismo han de tener la intencionalidad de causar muerte, heridos graves o tomar rehenes; propósito de atemorizar o intimidar a la población, u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo; y debe ajustarse a la definición contenida en convenios y protocolos internacionales.

Gracias a la trilogía de la represión que constituyen el código penal vigente, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Mordaza, la libertad de expresión está sufriendo en este país, una regresión de tintes claramente autoritarios. Regresión orquestada desde el Gobierno y ejecutada por la Fiscalía, los jueces y magistrados de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo.

El art. 578 tipifica el enaltecimiento del terrorismo, que se ha aplicado, fundamentalmente, una vez que ETA ha cesado su actividad criminal. 76 personas han sido detenidas entre 2014 y 2015 en la “Operación Araña”, por tuitear, presuntamente, incitando a la comisión de delitos terroristas; una banalización azuzada por las algunas asociaciones de víctimas, como COVITE o la AVT, y claramente resistida y criticada por Amnistía Internacional y Jueces/Juezas por la Democracia. El Código Penal, además, tipifica en su art. 525 el delito de escarnio público o vejación pública de los representantes de las confesiones religiosas; en los arts. 490.3 y 491, el delito de injurias a la corona, frente a la que no cabe defensa alguna; en el art. 543, el delito de ultraje contra la patria, con el que se puede imputar a cualquiera que pite el himno nacional; y en el art. 504, las injurias al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional, al Supremo, a los demás tribunales de justicia, y a los Ejércitos, Clases y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Gracias a la Ley Mordaza, solo en 18 meses, el Estado ha recaudado 131 millones de euros. Las multas se han impuesto por “desobediencia o resistencia a la autoridad”, “la negativa a identificarse” o “la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación”. Las “faltas de respeto y consideración” a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado son el primer motivo de sanción. Casi 30 personas son multadas a diario por esta causa y, como no se han cansado de repetir Amnistía Internacional y Reporteros Sin Fronteras, buena parte de estas multas han recaído sobre los y las profesionales de los medios de comunicación, a los que se intenta amordazar a base de censuras y autocensuras. Tal es el caso de Mercè Alcocer (Catalunya Radio), Axier López (Argia), Esther Yáñez (Diario Vice), Antonio Ruiz (fotoperiodista El País), José Manuel de la Linde y Antonio Cattoni (Canal Sur Radio) o Cristina Fallarás.

Hasta aquí puedo leer. Juzguen ustedes mismos.

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