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La supresión de los sueldos de diputados es un empobrecimiento del Estado de las Autonomías

Javier García Fernández

Catedrático de Derecho constitucional Universidad Complutense de Madrid —

El anuncio formulado por la presidenta Cospedal en el Pleno de las Cortes de Castilla La Mancha acerca de la supresión de las percepciones que reciben los diputados autonómicos para que se dediquen íntegramente a su labor parlamentaria, y, de esta manera, puedan seguir ejerciendo su profesión, tiene un calado estratégico que pocos han destacado. Conlleva, y así se ha dicho en este mismo blog, un intento de desprestigio de los políticos, pero sobre todo conlleva un cambio político, dirigido a minar el Estado de las Autonomías.

Antes de entrar en las posibles consecuencias jurídicas y políticas de la propuesta de la presidenta Cospedal, conviene avanzar dos consideraciones. En primer lugar, llama la atención que la iniciativa provenga de la figura política que más sueldos, retribuciones y percepciones ha cobrado en España, situación que, según parece, ha intentado prolongar por vía conyugal. En el camino de Génova a Fuensalida, la presidenta de Castilla La Mancha se ha caído del caballo y ha descubierto las bondades de la austeridad retributiva, descubrimiento tardío que resta credibilidad moral a la propuesta.

En segundo lugar, ¿la iniciativa de la presidenta Cospedal es compartida por la secretaria general Cospedal? Porque la propuesta no procede de un presidente autonómico cualquiera que ha podido alumbrar su idea en una noche de insomnio. Se trata de una propuesta de la secretaria general del Partido Popular y hay que pensar que la dirección de este partido, incluyendo a su presidente, está de acuerdo con extender el plan a todas las Comunidades Autónomas. ¿O lo que decide la presidenta Cospedal no lo conoce la secretaria general Cospedal?

Avanzadas estas consideraciones, hay que recordar que la exigencia de que los miembros de los Parlamentos se dedicaran íntegra y profesionalmente a su trabajo político es una reivindicación de los partidos obreros y socialistas desde finales del siglo XIX, a fin de que pudieran acceder al Parlamento todos los ciudadanos y no sólo los que poseyeran una fortuna personal. Es cierto que tras el fallido golpe del 23-F el llamado Informe Enterría, que buscaba racionalizar el incipiente proceso autonómico, propuso que los miembros de las Asambleas Legislativas autonómicas no cobraran sueldos sino dietas, y así ha ocurrido durante varios años en algunas Comunidades Autónomas. Pero hubo que establecer el sistema de retribuciones permanentes porque las dietas daban lugar a muchas reuniones innecesarias y porque a partir del Pacto Autonómico de 1992 las Comunidades Autónomas (y con ello sus Parlamentos) han asumido muchas más competencias.

En el caso de Castilla La Mancha, el Estatuto aprobado en 1982 contemplaba 48 competencias de diverso alcance (exclusivas, de desarrollo legislativo, etc.), en tanto que, tras la importante reforma del Estatuto en 1997, la Comunidad Autónoma tiene atribuidas 57 competencias. Ello comporta una labor legislativa importante y una amplísima acción del Gobierno que las Cortes han de controlar. Si los diputados compatibilizan su trabajo político con su profesión (y no todos podrán hacerlo), la función legislativa y la de control han de resentirse. ¿Por qué se propone entonces esta reforma?

La respuesta no está en Toledo ni quizá en Génova. La respuesta está en la prensa conservadora que día a día, desprestigia al sistema autonómico y propone su limitación, cuando no su supresión. La derecha sociológica española marca el camino al Partido Popular y le ha ordenado que vuelva al modelo centralizador del franquismo y la iniciativa de la presidenta/secretaria general responde a esa petición pues ¿en qué queda un sistema descentralizado como el español si sus Asambleas Legislativas quedan reducidas a órganos de limitada capacidad legislativa y de control?

Además, ¿esta iniciativa tiene suficiente cobertura jurídica? Desde un punto de vista formal quizá la tenga porque no está expresamente prohibido que los parlamentarios autonómicos cobren sólo dietas. Pero materialmente la iniciativa conculca posiblemente la Constitución y el Estatuto de Autonomía. Y conculca ambas normas porque la Constitución contempla que las Comunidades Autónomas tengan Parlamentos con todas sus atribuciones. Y el Estatuto de Autonomía (con más competencias que en la versión de 1982) configura un Parlamento dotado de amplísimas atribuciones legislativas y de control.

Si, por retirar los sueldos a los diputados, ambas funciones dejan de ejercitarse en su plenitud, el modelo parlamentario autonómico, ya consolidado y por ello elemento integrante de la Constitución, se verá limitado. En definitiva, se trata de una vulneración material de un modelo que forma parte de las Constitución, por lo que si se altera, también se altera la Constitución.

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