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Asilo, por favor

Asilo, por favor

EFE

Madrid —

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“Asilo, por favor” o una frase similar en su idioma o chapurreada en inglés es la utilizada por la persona que huye de su país y con la que inicia el procedimiento para ser solicitante de protección internacional en España, un método para el que puede haber excepciones con los refugiados sirios.

Y es que para la llegada a España del cupo de refugiados (17.680) acordado con la UE “quedan muchas cosas por decidir”, coinciden en declaraciones a Efe la portavoz de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en España, María Jesús Vega, y la responsable del área jurídica de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Paloma Favieres.

Falta por concluir cómo será la forma de llegada de estas personas de Siria (también de Irak o Eritrea) que el Gobierno se ha comprometido a acoger o si se va a trasladar a buscarlos a Grecia una misión.

Lo que sí está claro es que a estos refugiados “no se les va a aplicar” el tratado de Dublín, que es el instrumento europeo para que las personas no vayan de un país a otro pidiendo asistencia y fija que sea el de entrada el que se haga responsable de esa gente, explica Vega.

El cupo destinado a España va a tener un sistema de cogida y de protección por parte del Gobierno español y no procede que esas personas se pasen luego a otro país, ha comentado.

Vega ha pedido que los estados miembros “aprovechen este momento para poder armonizar de verdad los sistemas de asilo” y “evitar movimientos secundarios y las disparidades que hay actualmente entre los distintos países tanto en el ámbito de la acogida como en la integración y en los plazos de reunificación familiares”.

“No debe ser una lotería caer en un país o en otro”, añade.

En España, los pasos para ser solicitante de protección internacional y conseguir el derecho de asilo y la protección subsidiaria se realizan a través de dos procedimientos: el acelerado y el administrativo.

El procedimiento acelerado se hace en frontera, en un centro de internamiento o en un aeropuerto, y el administrativo en la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) o en comisarías de Policía autorizadas.

ACNUR cuantifica en 6.000 (la mitad sirias) las personas que han pedido asilo en España de enero a junio.

Y en lo que va de año, las solicitudes de asilo de sirios y palestinos de origen sirio, mayoritariamente en Melilla, es de 4.300.

Si el procedimiento de petición es el acelerado, las autoridades tienen tres o cuatro días para decidir; antes, la Policía hace una entrevista (datos personales y motivo de la petición) al solicitante y lo comunica a ACNUR.

La petición de admisión a trámite o no de la petición se envía a la OAR, dependiente del Ministerio del Interior, que toma la decisión final.

ACNUR puede hacer informes de apoyo a la solicitud, pero no son vinculantes para la Administración, recalca Favieres.

Si se deniega la petición, la persona es devuelta a su país, aunque antes puede recurrir y tendrá contestación a los 2 días siguientes.

Si la solicitud es admitida, se examinará con mayor profundidad y la persona entra en España.

“En el caso de los sirios que han llegado a Melilla este año no se ha devuelto a nadie”, especifica Favieres.

El otro procedimiento es el que se realiza ya dentro del territorio español, y la persona tiene un mes desde su llegada para solicitar personalmente el asilo.

La entrevista se la hará un funcionario en la OAR o, si es en provincias, agentes de Policía.

En este segundo caso no es obligatoria la presencia de un abogado como en el acelerado; en ambos es imprescindible un intérprete.

En un mes la persona sabrá si se admite su petición.

Si es favorable, recibirá una tarjeta que debe renovar cada tres meses y se iniciará la fase de instrucción o investigación con un plazo estándar de 6 meses (3 meses en casos urgentes) que puede alargarse en la realidad a más de dos años.

El instructor de la OAR hará un informe con una conclusión que se eleva a la Comisión interministerial encargada de estos casos y que se reúne una vez al mes; ACNUR está presente con voz pero sin voto.

Si la decisión final es positiva, la persona estará bajo protección internacional, tendrá un carné con sus datos y tendrá permiso de residencia y de trabajo en España. Pilar R. Veiga

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