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El Gobierno es incapaz de explicar en qué consiste su ley de segunda oportunidad

Mariano Rajoy, durante un pleno del Congreso.

Luz Sanchis

Dos días después de que Mariano Rajoy anunciara la medida más importante del debate sobre el estado de la nación, ningún Ministerio es capaz de explicar en qué consiste realmente y cómo afectará a los particulares y autónomos ahogados por las deudas. Este jueves, los miembros del Gobierno solo repetían las mismas generalidades que enunció su jefe en el discurso y derivaban la responsabilidad a Economía, proponente del decreto ley que desarrollará el plan de segunda oportunidad. El Ministerio de Justicia, que es coproponente de la norma, dado que afectará a varias leyes, tampoco ha podido ofrecer ningún detalle.

Por no decir, ni siquiera tienen claro que vaya a aprobarse este viernes aunque confían en que así sea. “Si no es este viernes, será el siguiente, pero esta semana ya irán al Consejo de Ministros algunas de las medidas enunciadas”, aseguraba José Luis Ayllón, secretario de Estado de Relaciones con las Cortes. Ayllón ha negado terminantemente que esta iniciativa signifique que el Gobierno ve ahora con buenos ojos la dación en pago, aunque ha reconocido que “en algunos casos” puede facilitarla.

“Las familias españolas, como los autónomos y empresarios, han sufrido especialmente la crisis y arrastran de forma dramática sus efectos. Especialmente cuando van acompañados de muchas deudas”, dijo el presidente este martes. Y, para solucionarlo, anunció la “inmediata aprobación” de un real decreto-ley para facilitar la liberación de la “losa de la deuda” a las familias y a los autónomos. El responsable de Hacienda, Cristóbal Montoro, enredó el asunto al asegurar que la medida no se había pensado para créditos hipotecarios. Horas después, el Ministerio de Economía aseguraba todo lo contrario, en una nueva muestra de descoordinación entre los dos responsables económicos de Rajoy.

Hasta ahora, todo lo que el Gobierno ha anunciado es que hará posible una “reestructuración” de esas deudas mediante acuerdos extrajudiciales de pagos y que, en el caso de los particulares, será “especialmente sencillo”. La idea es que puedan acordarse “quitas, aplazamientos y otras formas de reducción” de las deudas.

El pasado miércoles la letra pequeña de esta iniciativa debía quedar clara en la reunión de subsecretarios, pero a su término, nadie ha informado de ningún avance. De esta forma da la sensación de que la medida más relevante de todas las anunciadas en el discurso distaba mucho de estar cerrada cuando el presidente la anunció desde la tribuna.

Siempre con la advertencia de “yo no sé la letra pequeña de la medida”, varios miembros de Moncloa insistían en generalidades y aventuraban que esta medida está pensada “para el pobre autónomo o empresario que hipoteca sus bienes para sacar adelante un negocio y lo pierde todo cuando tiene que cerrar”. Preguntados expresamente por si también puede afectar al particular al que se ha embargado la vivienda, pero aún mantiene una deuda con el banco, nadie sabía contestar.

Lo que sí parece claro es que, a partir de ahora, el plazo para reclamar una deuda antes de que quede prescrita pasará de 15 años a cinco. “Si Hacienda tiene cinco años para intentar cobrar una deuda, no tiene sentido que se permita a los deudores perseguir un impago durante el triple de tiempo”, explicaba un miembro del Gobierno.

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