La Audiencia Nacional absuelve a un joven acusado de enaltecer el terrorismo por cuatro tuits sobre ETA
La Audiencia Nacional ha absuelto a Alfonso R. M., un joven para el que la Fiscalía pedía un año de cárcel, siete de inhabilitación absoluta y dos de libertad vigilada por haber publicado en su cuenta de Twitter cuatro mensajes en los que alababa a ETA y a alguno de sus miembros. En contra del criterio del Ministerio Público y de la asociación Dignidad y Justicia (DyJ), el tribunal no aprecia delito de enaltecimiento del terrorismo y encuadra sus comentarios en el marco de la libertad de expresión, un derecho de cuyos límites pide hacer un examen “cuidadoso” y “ponderado”.
“Los mensajes transcritos carecen de cualquier virtualidad para incitar a la violencia, a la comisión de atentados terroristas u otros delitos de tinte terrorista; en definitiva no se aprecia peligro ni siquiera abstracto en los mismos”, concluye el fallo, que recuerda que los tuits objeto del procedimiento eran un total de cuatro sobre un total de 12.000 que el encausado publicó a lo largo de casi tres años, entre julio de 2012 y enero de 2015.
Entre esos mensajes objeto del procedimiento está uno en el que lamenta la muerte del etarra Josu Uribetxebarria Bolinaga, que estaba condenado por el secuestro de Ortega Lara; otro en el que escribió “esto con ETA no pasaba”; y un tercero en el que se preguntaba “dónde” está ETA cuando se la “necesita”. El cuarto contenía una frase del dirigente de ETA fallecido José Miguel Beñarán Ordeñana, alias Argala, que decía: “únicamente el mismo pueblo trabajador vasco podrá solucionar sus problemas”, junto con una foto de una pancarta con la imagen de Argala.
La Fiscalía basó gran parte su escrito de acusación en un tuit en el que el procesado deseaba supuestamente que volviera ETA para pegarle dos tiros a Andrea Fabra, hija del que fuera presidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra. Sin embargo, durante el juicio, el acusado negó haber escrito ese mensaje, versión que respaldó el perito de la defensa y que el tribunal consideró “creíble”. En todo caso, el fallo resalta que la absolución del acusado “no viene motivada por la atribución o no atribución de ese tuit”.
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Riera, destaca que esos mensajes fueron difundidos cuando la banda terrorista se encontraba ya inactiva y que su autor es una persona que tenía 23 años cuando publicó el primero de ellos, por lo que ha tenido la “suerte” de no conocer el período más sangriento de la banda. También recalca que el informe pericial de la Guardia Civil es claro sobre la falta de conexión del joven con el entorno de ETA, pues reside en un pueblo de la provincia de Almería, muy alejado del principal escenario de acción de la banda.
La asociación Dignidad y Justicia (DyJ), que ejerció en este caso la acusación popular, es el mismo colectivo que sentó en el banquillo al concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por intervenir en un debate abierto en Twitter sobre los límites del humor negro con el siguiente chiste: “Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcasser para que no vaya Irene Villa por repuestos”. El edil fue finalmente absuelto al considerar la Audiencia Nacional que ese tuit era “humor macabro” pero no delito. Sólo en 2016, el Ministerio del Interior proveyó con 36.000 euros a DyJ de la partida destinada a subvencionar a asociaciones de víctimas del terrorismo.