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El camino para convocar un referéndum sobre la monarquía: lo pide el presidente, lo autoriza el Congreso y lo firma el propio rey

Elpresidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el Rey Felipe VI, en una imagen de archivo.

Aitor Riveiro

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“Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos”. Así recoge la Constitución Española, en su artículo 92.1, la fórmula para convocar a los ciudadanos a que expresen en las urnas su opinión sobre algún asunto concreto. Desde 1978, este precepto se ha invocado dos veces: para la continuidad de España en la OTAN (1986) y para ratificar la Constitución Europea (2005). La Carta Magna indica que, formalmente, la convocatoria la hace el rey. Pero la propuesta parte del presidente del Gobierno y se pone una condición: debe ser autorizada por el Congreso. Dos circunstancias que, tras las declaraciones del pasado martes de Pedro Sánchez, se antojan imposibles.

La del artículo 92 no es la única modalidad de referéndum que reconoce la Constitución. También se establece como requisito para la aprobación y reforma de algunos estatutos de autonomía y para una reforma agravada de la propia Carta Magna (o una simple, si lo piden 35 diputados).

En ambos procesos la consulta a la ciudadanía es el final de un trayecto legislativo concreto, más o menos complejo. Por eso desde Unidas Podemos se ha propuesto de forma habitual utilizar el referéndum que recoge el artículo 92 como vía para conocer la opinión del cuerpo electoral ante un cuestión que no necesariamente tiene que estar ya aprobada previamente y, en su caso, iniciar un proceso de debate político. Fue el caso del referéndum de la OTAN, de 1986, cuando se planteó a los españoles la continuidad, o no, del país en la Alianza Atlántica en unas determinadas condiciones. Ganó el . Y, salvo excepciones, se zanjó el debate. De haber ganado el no, el Gobierno tendría que haber iniciado un procedimiento para hacer efectiva la decisión del soberano.

Una fórmula similar se empleó con los referéndum del Brexit o de la independencia de Escocia, en el Reino Unido. En el primer caso, el abrió una compleja negociación con la UE que, por ejemplo, se llevó por delante al Gobierno de Theresa May. En el segundo, el no dejó las cosas tal y como estaban.

La vía del artículo 92 ya la planteó Pablo Iglesias en 2015 para “blindar” determinados derechos sociales en la Constitución y para abordar el conflicto territorial en Catalunya. Ahora, sería la vía a través de la cual preguntar a los españoles sobre el modelo de Estado. Una opción que ha ganado visibilidad desde que la Casa Real anunciara la salida de España de Juan Carlos de Borbón ante la presión social, judicial y política por sus supuestas cuenta ocultas en paraísos fiscales. Tras conocerse la decisión, en la que participó la parte socialista del Gobierno, Unidas Podemos aseguró en un comunicado que “se abre paso la idea de una república solidaria y plurinacional” y planteó su “convicción democrática” de que “el pueblo decida”.

¿Y cuál sería la fórmula para convocarlo? Tal y como establece la Constitución, el presidente propone al Congreso la celebración del referéndum y este lo autoriza. Después, el rey lo convoca formalmente. Los detalles de la consulta los marca la ley orgánica 2/1980. Por ejemplo, se establece que es una “competencia exclusiva del Estado”.

También que el decreto de convocatoria “contendrá el texto íntegro (...) de la decisión política objeto de la consulta”, “señalará claramente la pregunta o preguntas” a responder y “determinará la fecha en que haya de celebrarse la votación”, con un margen de entre 35 y 120 días desde que se publique el real decreto. En cuanto a la autorización del Congreso, la ley establece que debe hacerlo “por mayoría absoluta”. Es decir, 176 diputados.

La actual aritmética política española descarta, de momento, cualquier opción de que se pudiera convocar un referéndum sobre el modelo de Estado. O sobre la monarquía, en concreto. O sobre la república. El presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, zanjó el debate el martes. “El Gobierno que yo presido considera plenamente vigente el pacto constitucional. Y el pacto constitucional es la monarquía parlamentaria”, apuntó.

Se cierran así las dos puertas que debe traspasar la propuesta antes de llegar a término. Primero, la del Gobierno. Y, después, la del Congreso. Hoy por hoy, hay 73 diputados que se declaran activamente republicanos o que, al menos, defienden que se consulte a los españoles sobre el modelo de Estado. Los 120 diputados socialistas se antojan así imprescindibles, dada la negativa segura de los de PP, Vox y Ciudadanos.

En el PSOE la línea viene marcada por las palabras del secretario general. A nivel estatal, solo el dirigente Odón Elorza se ha desmarcado al considerar “muy insuficiente” la actuación de la Casa Real. También lo han hecho las Juventudes Socialistas, que tienen independencia orgánica y estatutaria con el PSOE y que en los últimos años ya han sido desautorizadas por Sánchez ante campañas en favor de la república.

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