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Guía de la 'nueva normalidad', comunidad por comunidad

Varias personas disfrutan en una terraza del barrio del Poble Sec, en Barcelona.

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Este mes de junio el Gobierno publicó el decreto ley para regular la 'nueva normalidad', vigente en todo el territorio a partir del domingo 21 de junio, cuando finalizó el plazo del estado de alarma. Entre las medidas que entraron en vigor se mantiene el uso de mascarilla obligatorio en el transporte público y en cualquier lugar en el que no se pueda mantener el metro y medio de distancia obligatorio en todo el territorio. Por otra parte, desaparecen las restricciones de movilidad entre comunidades y se recomiendan medidas para la reincorporación progresiva del trabajo presencial, si bien se fomenta el teletrabajo.

Muchas de las decisiones de las próximas semanas como, por ejemplo, la limitación de aforo en bares, tiendas o lugares de ocio, dependen de las comunidades autónomas.

Asturias

Aforo limitado: en los locales de hostelería se establece únicamente la limitación del espacio interpersonal mínimo obligatorio. Las discotecas abrirán al 50% de su capacidad y no se podrá bailar. Las pistas podrán ser usadas para poner mesas.

Playas: los ayuntamientos podrán establecer aforos máximos y límites horarios para las playas.

Parques infantiles: reabrirán las zonas para niños. Se permiten las actividades infantiles grupales con hasta 25 participantes.

Andalucía

Aforo limitado: se amplía la ocupación en el interior de bares y restaurantes al 75%, con un 25% de mesas. Cines y teatros podrán llegar al 65% de la ocupación. Mientras que los conciertos al aire libre podrán realizarse con un máximo de 1.500 asistentes, siempre sentados. Las zonas comunes de los hoteles tendrán un aforo del 50%.

Residencias de mayores: se permitirán nuevos ingresos en centros residenciales en los que no se hayan registrado casos de coronavirus durante la última semana.

Playas: deberá mantenerse la norma general de la distancia social mínima de 1,5 o uso de mascarilla.

Cultura: cines, teatros, auditorios, circos y espacios similares públicos o privados, se deberá contar con butacas preasignadas, siempre que no superen el 65% del aforo permitido en cada sala, permitiendo la asistencia máxima de 800 personas para lugares cerrados y 1.500 personas en actividades al aire libre.

Deporte: al aire libre se establece un aforo máximo del 65%, con un límite de 1.500 personas. En espacios cerrados, el aforo será del 65% como máximo, con un límite 800 personas.

Ferias y romerías: no se recomienda la celebración. Pero, en su caso, las atracciones de feria autorizadas por los ayuntamientos podrán ocupar la fila de asientos al 50%, con al menos 1,5 metros de distancia entre asientos; las atracciones sin asiento podrán disponer del 50% del aforo con distancia de seguridad, y del 30% del aforo en atracciones sin asientos en los que no se pueda garantizar la distancia de seguridad, pero con mascarilla y desinfección de manos.

Velatorios y entierros: el máximo será de 60 personas aire libre y 30 en espacios cerrados. La comitiva máxima será de 75 familiares o allegados, siempre guardando la distancia interpersonal o, en su caso, usando mascarilla.

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Aragón

Aforo limitado: se establece como norma general una ocupación máxima del 75%, salvo en locales de ocio nocturno, donde se rebaja al 50%.

Fiestas populares: quedan prohibidas hasta el 30 de septiembre.

Cines y museos: se recomienda la venta en línea y se promoverán aquellas actividades que eviten la cercanía entre los participantes.

Parques y zonas deportivas al aire libre: permanecerán abiertas al público con las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad. En el caso de la actividad física, podrá practicarse en grupos de un máximo de 30 personas.

Lee aquí la guía completa de Aragón.

Illes Balears

Aforo limitado: la ocupación queda en un 75% para establecimientos de restauración, actividades turísticas, cines, teatros y espectáculos culturales. Los bares, cafés, clubes o salas de fiesta podrán abrir como tarde hasta las 2 de la mañana. Las terrazas no tendrán restricción de aforo, solo un límite de 25 personas por mesa. El Govern balear no permitirá la apertura de los locales con aforo superior a 300 personas.

Actividades en grupo: para el deporte grupal se establece un máximo de 30 participantes.

Playas: en la playa se establece un espacio individual de 4 metros cuadrados y un máximo de 25 personas en un mismo grupo. Queda a criterio de los ayuntamientos el establecimiento de acceso, aforo y tiempo de permanencia en las playas.

Fiestas populares: volverán a partir del 1 de julio.

Canarias

Aforo limitado: el Gobierno regional establece, como norma general, una ocupación máxima de 1.000 personas para espacios abiertos y de 300 en espacios cerrados. Los comercios no podrán superar el 75% de la ocupación. Para bares, restaurantes, establecimientos turísticos, bibliotecas, museos, cines y otros espacios culturales no habrá aforo limitado.

Actividades en grupo: se restringe a un máximo de 30 personas cualquier actividad deportiva al aire libre y se reduce a 25 para interiores.

Playas: queda establecido un espacio de cuatro metros por persona. Los deportes en estas zonas deberán practicarse de manera individual o en parejas, evitando el contacto físico.

Parques infantiles: quedarán abiertos.

Fiestas populares: por el momento no se permitirán.

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Cantabria

La 'nueva normalidad' ha entrado en vigor en Cantabria este viernes.

Aforo limitado: la ocupación en bares, establecimientos de hostelería, comercios, centro comerciales, bibliotecas y centros culturales no debe superar el 75%. Las terrazas pueden abrir al 100%, con un máximo de 25 personas por mesa. En discotecas, pubs y locales de ocio nocturno, el aforo tiene que ser de un tercio de la ocupación.

Actividades en grupo: se permite la actividad física en grupo en gimnasios de hasta 30 personas y con un espacio personal de 4 metros cuadrados. Las visitas culturales y otras actividades quedan limitadas a un máximo de 25 personas.

Playas y piscinas: se puede acceder a la playa con grupos máximos de 25 personas. Las piscinas deportivas no deberán ser ocupadas por más de 30 personas, mientras que en las de ocio se permite un 75% del aforo.

Parques infantiles: quedan abiertos.

Residencias de mayores: se podrán realizar visitas con cita previa.

Fiestas y eventos populares: quedan canceladas hasta el 8 de julio.

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Castilla-La Mancha

Aforo limitado: hasta un 75% de ocupación en espacios interiores y un 100% para las terrazas. La proporción de las tres cuartas partes también se aplica para mercadillos, hoteles y discotecas –aunque las pistas de baile se ocuparán con mesas–. Los albergues tendrán una capacidad máxima del 50%.

Actividades en grupo: las personas podrán reunirse en grupos de 25, como máximo. Esto incluye actividades como visitas a museos.

Piscinas: las piscinas podrán abrir hasta el 75% de su capacidad, tanto en acceso como en práctica deportiva o recreativa.

Funerales y bodas: las comitivas fúnebres podrán contar con 50 personas y las celebraciones de bodas podrán ocupar el 75% del aforo.

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Castilla y León

Aforo limitado: se restringe a un 75% en espacios cerrados, como en hostelería, tiendas, zonas comunes de hoteles o espacios culturales. Las bibliotecas tendrán una limitación del 50% de ocupación. En locales de ocio nocturno se reduce a un tercio de la ocupación.

Playas fluviales y piscinas: para playas se calculan cuatro metros cuadrados por persona. En piscinas deberá respetarse el límite del 75% de capacidad.

Fiestas populares: todas las celebraciones quedan canceladas hasta septiembre.

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Catalunya

La Generalitat ha anunciado la entrada en vigor de la 'nueva normalidad' para este viernes.

Aforo limitado: el decreto no establece un límite de aforo pero sí señala la necesidad de garantizar la distancia interpersonal establecida. Para bares y restaurantes se mantienen hasta el día 25 de junio las restricciones de aforo del 50% en el interior de los establecimientos y el 75% para las terrazas. Para grandes eventos se establece un límite de 2.000 personas –3.000, si es con localidades preasignadas– en espacios abiertos y de 1.000 –2.000 con asientos fijados– para eventos cerrados.

Actividades en grupo: se permiten reuniones familiares y actividades sociales, como el deporte no profesional en el espacio público, siempre que se eviten aglomeraciones. Para ello, se limitará el acceso a espacios públicos como parques o playas.

Parques infantiles: se abren este viernes todas estas zonas.

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Comunidad de Madrid

El Gobierno regional establece dos fases en la entrada de la 'nueva normalidad': la primera a partir del 21 de junio y la segunda a partir del 6 de julio.

A partir del 21 de junio: los establecimientos, museos, centros comerciales, restaurantes y bares tendrán un máximo de ocupación permitida del 60% hasta el 5 de julio. Mientras que el aforo permitido de las terrazas será del 80%. Las discotecas continuarán cerradas. Las piscinas recreativas deberán limitar su ocupación al 50%; el aforo se ampliará al 75% para las deportivas.

A partir del 6 de julio: la limitación de aforo se ampliará hasta el 75%. Reabrirán las discotecas. Las piscinas no tendrán límite de ocupación, mientras se pueda respetar la distancia interpersonal.

Para las actividades en grupo se establece una limitación de 20 participantes.

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Comunitat Valenciana

Aforo limitado: la ocupación máxima en espacios cerrados será del 75%.

Playas y piscinas: la Generalitat prevé la instalación de pasarelas desmontables en las playas para garantizar la distancia de seguridad. Las piscinas podrán abrir al 75% de su capacidad.

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Euskadi

La 'nueva normalidad' entra en vigor en Euskadi este viernes.

Aforo limitado: no se establece límite de ocupación para bares. El ocio nocturno reabre al 60%, pero sin pistas de baile, sustituidas por zonas de mesas. El mismo porcentaje se aplicará para museos, cines, circos, auditorios o teatros. En los eventos al aire libre se permitirán hasta 1.000 personas.

Actividades en grupo: para eventos como un bufé, un cóctel, actividades de animación o reuniones, el máximo de asistentes se sitúa en 25.

Piscinas y playas: estarán abiertas. Las diputaciones y municipios podrán fijar “límites en los tiempos” en la arena.

Parques infantiles: se abren estas instalaciones con aforo limitado de un 60%. Los parques infantiles, los 'skate park' o las cancha de baloncesto en la calle podrán usarse, pero con un espacio de cuatro metros cuadrados por persona.

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Extremadura

Aforo limitado: en hostelería y restauración las terrazas podrán tener una ocupación del 90%, mientras que en el interior de los locales será del 70%. En las zonas comunes de los hoteles se amplía el uso hasta el 85% de su capacidad y en los rurales, al 100%. Los mercados aire libre, los cines y los espectáculos cerrados se podrán llevar a cabo al 75% de su aforo. En las bibliotecas y archivos se establece la limitación del 50%.

Fiestas populares: las fiestas patronales, verbenas, procesiones y actos populares seguirán prohibidas hasta el próximo 31 de julio.

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Galicia

Galicia ha sido la primera comunidad autónoma en entrar en la 'nueva comunidad'. Lo hizo el lunes pasado, aunque con ciertas medidas de restricción.

Aforo limitado: en museos, bibliotecas, equipamientos culturales, cines u hoteles no se puede superar el 75% en los establecimientos públicos; los restaurantes y bares pueden estar al 65% de ocupación, mientras que las terrazas suben hasta el 80%. En los centros comerciales el límite es de un 50%. Los eventos en espacios cerrados no deben sobrepasar las 300 personas, mientras que los realizados en espacios abiertos se limitan a 1.000 personas. Se mantienen cerrados los locales de ocio nocturno hasta el 1 de julio.

Actividades en grupo: actividades como el deporte al aire libre se limita a 25 personas, pero desaparece el límite en las reuniones en los domicilios.

Parques infantiles y zonas recreativas: abren aquellos parques infantiles que se encuentran en el exterior, pero no los que están en espacios cerrados. Los espacios de juegos y atracciones se mantienen cerrados hasta el 1 de julio.

Centros sociosanitarios: permanecerán cerrados. Podrán realizarse terapias individuales con cita previa.

Fiestas populares: se cancelan hasta el 1 de julio.

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La Rioja

Aforo limitado: al 75% y con un máximo de mil personas en los eventos con público, tanto en espacios cerrados como al aire libre.

Fiestas populares: El Gobierno de La Rioja no prohibe las fiestas patronales, pero no se permite la organización de eventos masivos en los que no sea posible controlar la distancia mínima interpersonal o el uso de mascarilla. Si se cancelan, sin embargo, las verbenas y la instalación de atracciones de feria, así como los encierros.

Región de Murcia

Aforo limitado: con carácter general se establece una ocupación máxima del 75%. El número de asistentes a actividades al aire libre no deberá superar los 500, cifra que se reducirá a 200 para recintos cerrados.

Actividades en grupo: se limitan estas actividades a 30 personas.

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Navarra

Aforo limitado: será del 75% para hostelería, alojamientos turísticos, comercios, bibliotecas, cines, teatros y espacios similares. En las terrazas se amplía el aforo al 100%, con grupos no superiores a 25 personas. Las discotecas no podrán abrir sus zonas de baile, pero sí ocuparlas con mesas.

Piscinas: se permite el 75% de aforo y se suprime la cita previa.

Residencias de mayores y centros de día: se permitirán salidas de residentes y visitas y se reanuda la actividad en los centros de día sin superar el aforo del 75%.

Velatorios y bodas: en entierros no podrá superarse el 50% del aforo y en bodas u otras celebraciones sociales se deben cumplir los mismos requisitos que en otros espacios: un límite del 75% del aforo.

Actividades culturales y de ocio: las bibliotecas, tanto públicas como privadas, podrán prestar servicios sin superar el 75% del aforo permitido. No obstante, en los espacios destinados al público infantil, no podrá superarse el 50% del aforo.

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Información elaborada con la colaboración de todas las ediciones regionales de eldiario.es

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