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El Constitucional reconoce que los retrasos en señalar juicios vulneran los derechos de los ciudadanos

Fachada del Tribunal Constitucional en una imagen de archivo

Alberto Pozas

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El Tribunal Constitucional ha decidido estimar el recurso de un abogado sevillano y ha reconocido que el señalamiento tardío de un juicio, cuatro años después de la demanda, vulnera su derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. Ordena al juzgado social 11 de Sevilla a poner una nueva fecha al juicio pero que “se proceda a un nuevo señalamiento que resulte respetuoso con el derecho fundamental lesionado”. La magistrada Inmaculada Montalbán ha sido la ponente de esta decisión cuyos argumentos completos se conocerán en los próximos días.

La demanda que inició este proceso fue interpuesta por el abogado sevillano Daniel Sánchez Bernal. El letrado denuncia que un juzgado de lo social de la capital andaluza fijó un juicio de carácter laboral para 2024, tres años después de interponer su demanda.

Para el Constitucional este litigio “carece de especial complejidad” pero su resultado tendrá un gran impacto en la vida del recurrente. La sentencia, además, considera que la demora por sobrecarga de trabajo en el juzgado “no impide apreciar la vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, ya que su carácter injustificable persiste en tanto que el ciudadano es ajeno a tal circunstancia”.

La Fiscalía decidió apoyar al abogado en su reclamación ante el Tribunal Constitucional y pidió a los magistrados una resolución que declarase la vulneración de los derechos de su cliente por unos retrasos en su juicio que consideran ajenos a él y su actuación procesal.

Por el momento sólo se conocen algunos argumentos del Constitucional, aunque la resolución completa será notificada en los próximos días. Pero por el momento señala que este retraso de tres años y cinco meses en señalar el juicio “es constitutiva de una dilación indebida que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente del derecho a obtener una resolución en un plazo razonable”.

El tribunal de garantías explica que este lapso temporal desde la interposición de la demanda y el señalamiento del juicio “supera los tiempos medios de resolución de asuntos equivalentes en los Juzgados de lo Social de España” que en 2021 era de 14 meses y medio. Este litigio, iniciado por una reclamación por indemnización a una univesidad por su negativa a formalizar un contrato postdoctoral, “carece de especial complejidad” pero “tendrá un significativo impacto en la vida laboral del recurrente, quien puede quedar en situación de desempleo y sin ingresos económicos”.

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