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La Audiencia de Sevilla rechaza ampliar la investigación sobre la mina de Aznalcóllar

La Audiencia de Sevilla rechaza ampliar la investigación sobre la mina de Aznalcóllar
Sevilla —

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Sevilla, 30 oct (EFE).- La Audiencia Provincial de Sevilla ha ratificado la decisión del juzgado que investiga el concurso de adjudicación de la mina de Aznalcóllar y ha desestimado un recurso de la empresa que lo perdió, Emerita Resources, que solicitaba nuevas pruebas para continuar así con la instrucción.

En un auto fechado el 6 de octubre, la Sección Séptima de la Audiencia sevillana rechaza la petición de Emerita, como ya hizo en julio la jueza de Instrucción número 3, que consideró que la reclamación era “un relato de retazos desarticulados e injertados en hechos inciertos”.

La Sala, la misma que ordenó reabrir la causa en dos ocasiones tras sendos archivos por parte de la instructora, también deniega la práctica de nuevas pruebas relativas al expediente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) sobre la autorización ambiental de la explotación del yacimiento, según han informado fuentes del caso a Efe.

La jueza instructora dio la investigación por finalizada el pasado 13 de marzo y pidió a las partes que se pronunciasen sobre la conveniencia de archivarla, como así hicieron la Fiscalía Anticorrupción, los dieciséis investigados y Minorbis, que ganó el concurso; o prolongarla, como solicitaron Emerita, Ecologistas en Acción y Andalucía Mining.

En un auto dictado el 9 de junio, la jueza rechazó la petición de estas últimas y les advirtió que debían “evitarse comportamientos abusivos o con consecuencias dilatorias” con más apariencia “especulativa” que de “una intención real de contribuir a un correcto esclarecimiento de los hechos”.

Emerita presentó entonces un recurso de reforma y, subsidiariamente, otro de apelación que es el desestimado ahora por la Audiencia después de que la instructora, en otro auto del 6 de julio, rechazase el primero porque no imputaba “conductas concretas” a los investigados, entre ellos algunos ex altos cargos de la Junta de Andalucía.

Los argumentos de la recurrente, añadió la jueza, derivaban de “meras posibilidades de inseguros resultados y con una finalidad meramente prospectiva o de reproche general por su actuación en el concurso”.

La titular del juzgado también recordó que las actuaciones se seguían por los presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, cohecho, fraude y exacciones ilegales y avisaba de que el derecho a la utilización de los medios de prueba se limitaba a las diligencias que sean “pertinentes”.

“No puede en modo alguno admitirse” que la investigación sea “carente desde el inicio de indicios objetivos concretos o una investigación generalizada sin deducir la posible existencia de infracción criminal”, añadió.

La instructora, además, reseñó que descartaba practicar nuevas pruebas para investigar un presunto cohecho porque la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil no apreció “indicio alguno” de que los investigados o sus allegados “se hubieran beneficiado de una modificación/ascenso en sus situaciones profesionales” gracias a su voto a favor de México-Minorbis en el concurso.

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