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Los manuales para miembros de las mesas incluyen una referencia a la presencia de los medios en los colegios

EUROPA PRESS

MADRID —

El manual ha sido aprobado este viernes por el Consejo de Ministros tras ser informado favorablemente por la Junta Electoral Central este jueves, según consta en la referencia de la reunión del Gobierno.

Está previsto elaborar un total de 870.703 manuales (un total de 15 por mesa). Los gastos de fabricación y de distribución, se imputarán al crédito destinado a sufragar los gastos derivados del proceso electoral asignados al Ministerio del Interior en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

En el manual se recogen todas las actuaciones de los miembros de las mesas antes, durante y después de la jornada electoral. En concreto, a las 8.00 horas del 26 de junio se reunirán el presidente, los vocales y los suplentes en el lugar indicado en la notificación de su designación.

A esa misma hora se reciben las credenciales de los interventores de cada candidatura y se comprueban los elementos materiales necesarios: urnas, cabinas de votación y sobres y papeletas, que serán de color blanco para las elecciones al Congreso de los Diputados y de color sepia para las elecciones al Senado.

También se comprobará la documentación electoral: listas en papel del censo electoral correspondiente a la mesa, actas de constitución de la mesa y escrutinio, certificados de votación para entregar a los votantes que lo soliciten, etcétera.

VOTACIÓN ACCESIBLE PARA QUIENES LO HAYAN PEDIDO

En esta fase también se comprobará el procedimiento de votación accesible para las personas con discapacidad visual conocedoras del sistema braille que así lo hayan solicitado en tiempo y forma.

Una vez realizadas las operaciones anteriores, a las 08:30 horas se extiende el acta de constitución de la mesa que rellenará el presidente y que firmará junto con los vocales e interventores a los que haya dado posesión de su cargo.

La votación se realizará sin interrupción entre las 09:00 y las 20:00 horas. Los electores podrán identificarse con el documento nacional de identidad, el permiso de conducir con fotografía o el pasaporte con fotografía.

Una vez que se ha comprobado la inscripción en el censo electoral, se procede a su anotación y a la introducción del sobre en la urna por el votante. El acto de votar tiene carácter personal e intransferible.

Terminada la votación, a las 20:00 horas, comenzará el escrutinio. Abierta la urna, el presidente extraerá uno a uno los sobres, los abrirá y leerá las papeletas en voz alta y, posteriormente, la mesa comprobará que el número de sobres coincide con el de votantes anotados. Finalizado el recuento, se cumplimentarán las actas del escrutinio y se harán públicas, y se extenderán las actas de la sesión, reseñando todos los incidentes ocurridos durante la votación o el escrutinio.

Por último, el presidente entregará la documentación electoral al Juzgado de Primera Instancia o de Paz dentro de cuya demarcación esté situada la mesa.

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