El Supremo avala el nuevo Reglamento de Extranjería pero refuerza la protección del menor
El Tribunal Supremo ha hecho pública una sentencia en la que avala la arquitectura general del nuevo Reglamento de Extranjería impulsado por el Gobierno de Pedro Sánchez pero introduce correcciones en asuntos como la protección de menores dado que considera que es contrario al interés del menor que se le impida el acceso a determinadas autorizaciones de residencia por el mero hecho de que ya estuviera casado. La Sala entiende que esa restricción podía perjudicar a quienes se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad como las víctimas de matrimonios forzados.
La resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal también declara ilegal la previsión de suavizar la obligación de las administraciones con competencia de prestar atención inmediata a los menores extranjeros no acompañados que estén en territorio español. Advierte de que dicha atención constituye una obligación legal incondicionada.
El Supremo también introduce correcciones en cuestiones relacionadas con la unidad familiar, el reconocimiento de situaciones jurídicas constituidas en el extranjero, la valoración de antecedentes penales y el acceso presencial a los procedimientos administrativos. Confirma, por otro lado, las nuevas restricciones introducidas en materia de arraigo para solicitantes de protección internacional, uno de los ejes centrales de la reforma.
(Seguirá ampliación)
0