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El juez vuelve a archivar la causa de Púnica contra el expresidente de Murcia

El expresidente de la Comunidad de Murcia Pedro Antonio Sánchez.

EFE

Madrid —

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha vuelto a archivar la causa seguida contra el expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez en el marco del caso de corrupción conocido como Púnica al no apreciar indicios de delito en su actuación.

Así lo acuerda el magistrado en un auto en el que dispone el sobreseimiento de las actuaciones seguidas en el marco del caso Púnica contra Pedro Antonio Sánchez, el exalcalde de Molina de Segura (Murcia) Eduardo Contreras Linares y otras seis personas.

No obstante acuerda continuar el procedimiento respecto a nueve investigados, entre ellos el exconsejero de Industria, Turismo, Empresa e Innovación de la Región de Murcia Juan Carlos Ruiz López por supuestos delitos de fraude administrativo, prevaricación y falsedad en documento mercantil.

El pasado 16 de octubre la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional volvió a imputar en el caso Púnica a Pedro Antonio Sánchez, al estimar un recurso del PSOE contra el archivo de la causa contra él por usar presuntamente dinero público para pagar contratos otorgados a la trama corrupta para mejorar su imagen cuando era consejero de Educación.

La Sala entendió que el juez instructor no justificó las razones por las que consideraba que no había indicios de delito contra él.

El juez explica en el auto que esta pieza del caso Púnica tiene por objeto el esclarecimiento de los hechos relativos a la planificación, proceso de adjudicación y ejecución por parte diversas instituciones públicas de la Región de Murcia de contratos de servicios en favor de sociedades vinculadas con el investigado Alejandro de Pedro, el presunto “conseguidor” de la trama.

Relata que de lo actuado hasta el momento se desprende que en 2014 el entonces consejero de Industria, Turismo, Empresa e Innovación de la Región de Murcia, Juan Carlos Ruiz López, contactó con el investigado Alejandro de Pedro.

Añade que se concertaron para que las empresas de Alejandro de Pedro, EICO y Madiva, llevaran a cabo una actividad de mejora de la reputación y de la imagen del consejero en internet.

Paralelamente, “el consejero se comprometía a contratar estas empresas para la realización de servicios en beneficio de la Consejería”, agrega el auto.

Explica que para contratar a las empresas de Alejandro De Pedro, el consejero debía asegurarse del control sobre el procedimiento administrativo de contratación.

Indica que para ello se concertó con Fidel Saura Garrido, que era jefe de Gabinete en la Consejería de Industria; María Dolores Martínez Robles, que era directora del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, y Jesús Norberto Galindo Sánchez, que era secretario general del Instituto de Turismo.

El Instituto de Turismo de Murcia inició un proceso administrativo para la contratación de un Plan de Comunicación Digital y “Jesús Norberto Galindo ordenó enviar por correo electrónico tres invitaciones a las empresas Duravit & Marset S.L., Linkatic S.L: y Madiva Editorial y Publicidad S.L., que estaban relacionadas entre sí”, explica el juez.

“El 6 de octubre María Dolores Martínez Robles, que era directora del Instituto de Turismo, pese a conocer los defectos referidos en la tramitación del contrato, dictó resolución por la que adjudicó el contrato para la prestación del Plan de Comunicación Digital en favor de Madiva”.

Por todo ello el juez continúa el procedimiento contra Fidel Saura Garrido, Jesús Norberto Galindo Sánchez, María Dolores Martínez Robles, Alejandro de Pedro y a otras cuatro personas relacionadas con las empresas investigadas.

El juez aclara no obstante que el contrato nunca se llegó a ejecutar como consecuencia de la actuación judicial del 27 de octubre de 2014 llevada a cabo en este caso.

Explica que por ello no se ha podido concretar que las empresas Eico o Masiva llevaran a cabo actividad alguna para mejorar la imagen y la reputación del consejero Juan Carlos Ruiz López, más allá de los trabajos preparatorios aparentemente encaminados a ello.

Y para el juez “no consta que se iniciase un procedimiento administrativo para licitar un contrato para un plan de comunicación on line para mejorar la visibilidad y posicionamiento del Instituto de Fomento (INFO) así como la efectividad e influencias de sus políticas hacia la Región de Murcia”.

El juez subraya que la documentación intervenida en la sede de Eico permite constatar la actividad inicial por parte de esta empresa respecto a Pedro Antonio Sánchez cuando era consejero de Educación, “pero no consta ni se deduce de la misma la intervención” de este “ni mucho menos la realización de pagos con cargo a fondos públicos”.

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