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La Ley de Igualdad cumple diez años lastrada por un exceso de recomendaciones sin obligación real

Brazos emulando el símbolo feminista en la marcha del 8 de marzo de 2015. \ Mercedes Domenech

Marta Borraz

Se aprobó bajo la premisa de que era una forma de hacer “justicia a las mujeres”, en palabras del entonces presidente del Gobierno el socialista José Luis Rodríguez Zapatero. El Congreso dio luz verde a la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres a mediados de marzo de 2007 y el día 23 del mismo mes se publicó en el BOE con la promesa de que transformaría “radicalmente y para siempre” la sociedad española. 

Diez años después y a raíz de la norma, problemas antes ocultos son ahora más visibles. Se habla de participación de las mujeres, de corresponsabilidad en las tareas de cuidado, de bajas de paternidad y maternidad o de acoso sexual en el ámbito laboral. Aunque para todo ello la ley reserva algunos artículos, muchos se quedan en recomendaciones que no implican una obligación.

Para Begoña San José, miembro del Forum de Política Feminista, este es el principal punto negro de la norma, que “está hecha de buenas intenciones. Es lo que se llama derecho blando, de forma que no emplea el verbo propio de la ley, es decir, no obliga y habla de ”se procurará“.

La socióloga Soledad Murillo, principal impulsora de la legislación que entonces ocupaba el cargo de secretaria general de Igualdad, también comparte el análisis y reconoce haber “confiado mucho en la voluntad de los actores. Es evidente que si no hay estímulos, capacidad sancionadora o carácter imperativo la aplicación es deficitaria y pobre”, explica.

Esto provoca, prosigue, que “todo acabe dependiendo de la voluntad”, de forma que algunas de las claves que recogía la ley han quedado en papel mojado o se han puesto en práctica de manera parcial o poco contundente porque “ha faltado voluntad política”.

Una mayor presencia de mujeres

La consecuencia más visible de la ley de igualdad ha sido la presencia de las mujeres en los parlamentos, que se ha visto incrementada. Y es que la norma reformó la ley electoral para introducir la obligatoriedad de que los partidos políticos presentaran un mínimo de una proporción de 40-60% de hombres y mujeres en tramos de cinco en sus listas electorales. “Se entendió que el 40% era de mujeres, pero en realidad era un mínimo para ambos sexos”, remarca Murillo.

El Congreso de los Diputados ha pasado de contar con un 36% de diputadas en la legislatura que comprendió entre 2004 y 2008 a un 39%, mientras que las presidentas autonómicas han aumentado del 5% en 2008 al 21% en 2015. “Aunque queda mucho por hacer, el avance ha sido significativo”, identifica San José, que recuerda cómo el Tribunal Constitucional avaló a principios de 2008 la ley y rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra las cuotas.

Otra cosa es la presencia de mujeres en altos cargos, tribunales o en consejos de administración de las empresas. De hecho, las mujeres solo presiden una de cada cuatro comisiones en el Congreso y en el Senado. “Lo que elige el Gobierno y queda sujeto a la voluntariedad no suele ser paritario”, analiza la experta. En el caso de las compañías lo que hace la ley es una recomendación de un mínimo de 40-60%. En total, un 20% de los consejeros del Ibex 35 son mujeres y la cifra apenas creció un 1,1% en 2016.

El espejismo de la corresponsabilidad

Aunque la participación de los hombres en el hogar en la última década ha aumentado, todavía son ellas las que mayoritariamente se encargan de las tareas del hogar y el cuidado de hijos, personas enfermas o dependientes. La ley de igualdad prevé el establecimiento de medidas que fomenten la corresponsabilidad, pero todavía hoy son ellas las que firman más del 90% de las excedencias para el cuidado, dedican más horas al trabajo doméstico y renuncian a la jornada completa diez veces más que ellos, según datos del INE. 

Planes de igualdad, pero no en las pymes

La ley contempla la obligatoriedad de instaurar planes de igualdad para “evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres”, pero para aquellas empresas de más de 250 empleados. Teniendo en cuenta que en España un 99,8% de compañías –según el informe Retrato de las pyme 2015, elaborado por un organismo dependiente del Ministerio de Industria– cuentan con menos empleados, la mayoría de empresas no están obligadas a aprobar estos planes porque la ley prevé para ellas que será algo voluntario.

“Se ha pervertido un poco porque la mayoría de planes están enfocados a mejorar la conciliación de las mujeres, pero el objetivo era que las empresas valoraran el talento de la plantilla independientemente de su sexo y eso se consigue potenciando medidas para que ellos concilien”, analiza Murillo, que hace hincapié en que el Gobierno ha suspendido las ayudas dirigidas a empresas de entre 30 y 250 trabajadores para que instauraran planes de igualdad. 

La educación en igualdad, la gran ausente

La norma prevé la integración del principio de igualdad en la política educativa, para lo que establece la eliminación de contenidos sexistas de los materiales, la incorporación de la igualdad en los currículos o el impulso de proyectos y programas destinados a fomentar la coeducación. Sin embargo, la realidad es que pocas comunidades han elaborado planes de obligado cumplimiento en este sentido y la mayoría siguen siendo recomendaciones.

De este modo, la educación en igualdad queda a expensas de que el equipo directivo de los colegios o institutos o determinados profesores tengan interés por ello. La eliminación de la asignatura Educación para la Ciudadanía por su “alta carga ideológica”, según el PP, “ha perjudicado mucho a la coeducación porque era el principio de la incorporación de la igualdad en las aulas”, explica Murillo.

Una respuesta contundente al acoso laboral

“El acoso sexual o por razón de sexo en el trabajo debe de estar más reforzado porque lo que hace la ley de igualdad es un brindis al sol”, dice Begoña San José, que este jueves participa como compareciente en la subcomisión de violencia de género que alberga el Congreso para gestar el futuro pacto de Estado. La legislación establece que la prevención del acoso será una de las claves de los planes de igualdad, solo obligatorios para grandes empresas.

Su artículo 48 instaura que las compañías deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso y arbitrar procedimientos para su prevención y para dar cauce a las denuncias. Sin embargo, un informe de 2013 sobre el tema por tres universidades públicas españolas y editado por el Consejo General del Poder Judicial constató los deficits de las empresas en esta materia.

Entre sus conclusiones destacan que los protocolos sobre acoso –en aquellas empresas que los tienen– se caracterizan por hacer “formulaciones vagas y genéricas”, no respetan los derechos de las personas afectadas y consideran de poca importancia el dar apoyo o asesoramiento a las víctimas. Además, critica que la ley de igualdad no indicara “de forma más clara” los mecanismos de prevención con los que se deben dotar las empresas.

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