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La comunidad médica se opone en bloque a la reforma de la ley del aborto

Concentración contra la reforma de la ley del aborto frente a la embajada de Francia en Madrid. / Juan Zarza. DISO Press

Laura Olías

No son sólo las plataformas feministas o las asociaciones que defienden el derecho a decidir de las mujeres. Los otros afectados por la reforma de la ley del aborto que promueve el Gobierno, los médicos, se han plantado en bloque contra la Ley orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada del ministro Alberto Ruiz-Gallardón.

Los colegios de médicos españoles se suman a las alegaciones de varias asociaciones proelección y los grupos antiabortistas, dibujando un panorama difícil para el PP en su propósito de “buscar el máximo consenso” en el trámite parlamentario de la futura ley. La Organización Médica Colegial (OMC) centra su oposición alrededor de unos puntos principales, como la capacidad de decisión de la mujer y los supuestos en los que se despenaliza el aborto.

La organización, que reúne a los 52 presidentes de los colegios médicos españoles, a los nueve representantes de las vocalías y a la comisión permanente de la OMC, considera que la mujer “no ha de ser considerada ni definida de antemano como una enferma mental” para que pueda interrumpir su embarazo. El proyecto de ley del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, despenaliza el aborto en sólo dos casos, debido a una violación y por grave riesgo de salud física o psíquica de la madre.

Los facultativos piden que la futura ley despenalice el aborto en el supuesto de “malformación grave o enfermedad incompatible con la vida del feto, en equilibrio con lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificado por España en 2008”. Conforme está redactado el anteproyecto (que se encuentra en trámite de consultas), la malformación fetal no será motivo legal para abortar, excepto que cause un grave peligro –“persistente en el tiempo”– para la salud psíquica de la madre.

Las mujeres como enfermas mentales

En la práctica, será un largo camino en el que la mujer no tendrá poder de decisión. La responsabilidad de la intervención recae en los dos profesionales médicos que deberán acreditar en sendos informes el riesgo para la salud mental de la mujer. Los médicos consideran que “no es aceptable que una decisión tan importante quede en manos de terceros”.

La Asociación Española de Neuropsiquiatría (AEN) de Profesionales de Salud Mental también expuso su posición respecto al anteproyecto en un comunicado: “En este anteproyecto, a los profesionales se nos confiere el papel de tutores de la voluntad de las mujeres, porque coloca a la mujer embarazada en la posición de ceder el control de su cuerpo a terceros, otorgándonos a los psiquiatras un poder que no queremos”.

Los psiquiatras creen que en la norma “se consagra la minoría de edad de la mujer, retirándosele su derecho a decidir sobre su propio cuerpo y sobre el devenir de su vida”. Y abren una reflexión: “¿Tan incompetente se la considera, que no es ni jurídicamente punible, en caso de infligir esta ley? ¿Quiere decir la ley que la mujer es penalmente incapaz?”.

También llamaban la atención sobre el estigma asociado a las enfermedades mentales y que, como enfermas mentales certificadas, se supone que serán persistentes en el tiempo, “puede hacer que en otra circunstancia vital, por ejemplo en caso de conflicto posterior respecto a la custodia de los hijos, pueda volverse en su contra, cerrando un círculo infernal contra la mujer”.

Una legislación contraria a la tendencia europea

La Sociedad Española de Contracepción (SEC) también publicó un documento con su postura frente a la reforma del aborto. La organización considera “innecesario” el cambio de la vigente Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo y ponía el foco en la normativa internacional: “La mayoría de las resoluciones internacionales sobre derechos sexuales y recomendaciones sobre salud sexual y reproductiva insisten en la necesidad de garantizar la decisión de las parejas, libre y responsable, sobre el número de hijos, el momento de tenerlos y a disponer de la información y de los medios para ello”.

En el mismo sentido se expresaban seis sociedades científicas federadas en la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria a través de un comunicado contra la reforma del Gobierno. La Sociedad Española de Epidemiología, la Asociación de Enfermería Comunitaria, la Sociedad Española de Sanidad Ambiental, la Asociación de Economía de la Salud, la Societat de Salut Pública de Catalunya i Balears y la Asociación Madrileña de Salud Pública recordaban la información de la Organización Mundial de la Salud (OMS), según la cual, “existe evidencia científica de que la prohibición de la interrupción voluntaria del embarazo no implica una disminución de las mismas, sino que deriva en que éstas se produzcan en peores condiciones sanitarias”.

La penalización de la interrupción del embarazo entra en contradicción con “la mayoría de resoluciones internacionales sobre los derechos sexuales y reproductivos como las Convenciones Internacionales de las Naciones Unidas de El Cairo 1994 y Beijing 1997, y la resolución 1607 (2008) del Consejo de Europa.

Esta última reconoce la interrupción voluntaria del embarazo como un derecho en Europa, insta a respetar la autonomía de elección de las mujeres y recomienda a los Gobiernos de los Estados miembros que se garantice la accesibilidad a la interrupción del embarazo y que ésta se practique de forma segura“, incluye el documento.

El pasado 16 de febrero la mayoría de los grupos políticos del Parlamento Europeo reclamaron la retirada del anteproyecto de ley tras una sesión plenaria, a pesar de que su postura no es vinculante para el Gobierno español. La mayoría de las normas europeas al respecto permiten abortar dentro de unos plazos y no en caso de supuestos, como pretende legislar el Ejecutivo español.

Falta de consulta a importantes organismos médicos

La Asociación Española de Diagnóstico Prenatal también ha mostrado su preocupación ante la nueva ley, sobre todo “en lo referente a que la presencia en el feto de una malformación o 'enfermedad extremadamente grave e incurable' no sea considerado un supuesto para optar a una interrupción legal del embarazo”.

Es este supuesto, que sí estaba recogido en la ley de 1985, por lo que la asociación cataloga las modificaciones como “un retroceso importante en cuanto a la libertad y derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y reproductiva”.

Otros organismos relacionados con el sector que han publicado sus manifiestos contrarios a la normativa han sido la Federación de Planificación Familiar Estatal y la Federación Española de Estudiantes de Medicina para la cooperación internacional (IFMSA).

El documento de los futuros médicos remarca que “una ley de plazos NO obliga a las mujeres a abortar ni supone un aumento en el número de abortos sino que otorga garantías jurídicas y sanitarias a las mujeres que decidan hacerlo”. Resumen la política sanitaria al respecto en la siguiente frase: “Salud sexual para prevenir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”.

Por otro lado, la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), la Sociedad Española de Medicina Perinatal (SEMEPE), la Sección de Ecografía de la propia SEGO (SESEGO) y la Comisión de Bioética de las referidas sociedades enviaron conjuntamente su queja al Ministerio de Justicia por no haber sido consultadas en la redacción del anteproyecto.

“En un tema en el que consideramos que podemos aportar no sólo nuestros conocimientos científicos, sino también nuestra experiencia profesional en esta realidad social que representa la interrupción voluntaria del embarazo”, apuntaban.

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