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Por qué hay 30 familias bloqueadas en Ucrania y qué dice la ley española sobre la gestación por sustitución

Dos mujeres en un hospital.

Ana Requena Aguilar

Vientres de alquiler, gestación subrogada, gestación por sustitución. El debate sobre esta práctica comienza desde la forma en que se nombra. A día de hoy, unas treinta familias españolas llevan semanas bloqueadas en Kiev (Ucrania), tal y como adelantó El Confidencial: acudieron para recoger a sus bebés, fruto de un contrato de gestación subrogada, pero el consulado ha paralizado el registro de esos bebés y, por tanto, su nacionalidad y el pasaporte que les permita regresar. ¿Qué hace que no puedan registrarles? ¿Qué dice la ley española al respecto? ¿Es legal lo que han hecho las familias?

“El principal y más económico destino de maternidad subrogada para matrimonios heterosexuales. Programas a coste cerrado y con garantías de devolución únicas”. Así presenta Ucrania la agencia de gestación subrogada Go4Baby, dedicada a la intermediación y que trabaja con varias de las familias atrapadas en Kiev. El consulado español en Kiev había advertido, no obstante, no solo de que la práctica es ilegal en España, sino también de inseguridad jurídica, fraudes y malas prácticas en el país. El gerente de Go4Baby, David Monje, admite que el consulado se había reunido con los representantes de las agencias, pero asegura que no ha habido “tiempo de reacción” y rechaza que muchas de las advertencias fueran ciertas.

El proceso empieza con la fecundación in vitro de una mujer ucraniana con el material genético de la pareja que ha puesto el dinero. En el caso de la mujer no pueda aportar sus óvulos, se recurre a una donante. “En ningún caso la gestante aporta sus óvulos. Habría un vínculo demasiado grande. Suelen preferir una donante anónima para evitar vínculos más adelante”, admite el gerente de la agencia, David Monje.

Antes de la fecundación, la madre biológica firma un contrato en el que cede el bebé que va a gestar. “Si al nacer ella se lo quisiera quedar no puede. Es una de las ventajas de Ucrania, que tiene unos contratos muy sólidos”, prosigue Monje. Poco antes del nacimiento, estas mujeres deben firmar un documento legal en el que renuncian al bebé. “Pero es un refuerzo, porque aunque se negaran a entregar al bebé, lo que vale es el contrato con los padres. En ningún caso puede reclamar la custodia del bebé”, subraya el gerente de esta empresa.

Las parejas llevan entonces al bebé al registro civil ucraniano. Allí queda registrado con ellos como padres y sin rastro de la madre que lo ha gestado, aunque sí aparece como nacido por gestación subrogada. Aunque quede registrado, el bebé no tiene nacionalidad: Ucrania entiende que los padres, españoles, le darán la suya. Hasta ahora, el siguiente paso era acudir al consulado español. Allí, se tomaban muestras de ADN del padre para demostrar que ese bebé es su hijo biológico. Esas muestras se mandaban a un laboratorio y, con los resultados, el consulado tramitaba la nacionalidad y el pasaporte. Una vez en España, la pareja iniciaba el proceso para que la mujer adoptara al bebé y se convirtiera en su madre legal.

La agencia y las familias aseguran que su bloqueo se debe a un cambio de criterio sobre las pruebas de ADN. Según su versión, el consulado les dijo que el nuevo reglamento de protección de datos, que procede de una norma europea, impide que las muestras de material genético puedan tomarse allí para luego enviarse a España. Sin embargo, el Ministerio de Exteriores subrayó este miércoles en un comunicado que el desarrollo y paralización de estos expedientes tiene que ver con la necesidad de hacer una comprobación caso por caso ante la sospechas de irregularidades y no con la protección de datos.

El tratamiento debe hacerse con un “especial cuidado” pues, dice Exteriores, el consulado ha sido informado de “posibles casos de mala praxis médica asociada a los procesos de reproducción asistida, así como casos de posible tráfico de menores”. “La Embajada de España en Kiev debe adoptar todas las precauciones necesarias para proteger el interés superior de los menores”, prosigue. La Embajada revisará, por tanto, caso por caso y está realizando las gestiones pertinentes con las autoridades ucranianas. “El Gobierno tiene la obligación de preservar y proteger los derechos de las mujeres gestantes (o madres biológicas) involucradas en este proceso (...) así como de proteger el interés superior del menor”, señalan.

Una práctica prohibida en España

En España, los vientres de alquiler están prohibidos y la filiación la marca el parto. Es decir, es madre quien da a luz. La Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida de 2006 declara inválidos los contratos de “gestación por sustitución”. “Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero”, dice la norma.

Aunque la práctica no es legal en España, sí lo es en otros países. Acudir a ellos para conseguir un bebé por medio de uno de estos procesos no es ilegal ni tiene consecuencias para quien lo hace. En 2010, además, un cambio legal abrió una puerta trasera a que parejas españolas utilizaran esta técnica en otros lugares: el registro en los consulados de los bebés nacidos por gestación subrogada.

Para Alicia Miyares, portavoz de 'No somos vasijas', este caso muestra la necesidad de una regulación no solo nacional, sino europea. “Se produce por una ley de obligado cumplimiento, la de Protección de Datos. Nos da argumentos de razón para lo que demandamos desde el inicio: que el Gobierno debe iniciar los trámites para la vuelta a la legislación anterior a 2010 y prohibir el registro en los consulados. Esta práctica es un fraude de ley, un subterfugio para saltarse la prohibición española”. Miyares cree que esa prohibición tendría que ir acompañada de una moratoria, es decir, los embarazos ya en marcha tendrían su futuro registro asegurado para evitar limbos jurídicos o problemas, incluso, para las madres gestantes.

“Esto revela que es un problema comunitario. Es obligado que la política europea se muestre firme en la prohibición del alquiler de vientres y que los países no abran puertas traseras a prácticas que vulneran los derechos fundamentales de menores y mujeres”, sostiene Miyares.

En los paquetes que anuncia Go4Baby, el programa estándar en Ucrania asciende a 39.900 euros; el VIP, a 49.900. Los servicios incluyen desde la manutención, a la “amplia base de donantes”, el “asentimiento voluntario de la gestante”, o la asistencia a todas las ecografías.

Desde la asociación 'Stop Vientres de Alquiler', Ana Trejo también se muestra firme: “Los seres humanos no pueden regalarse ni comprarse. Aquí, los pobres venden y los ricos compran. La Unión Europea tiene la obligación moral de velar por los derechos fundamentales de bebés y mujeres”. Trejo aboga por adecuar la legislación para que España no ampare esta práctica de ninguna manera y no permita la publicidad ni la actividad de las agencias intermediarias.

De momento, el Ministerio de Exteriores insiste en desaconsejar el inicio de cualquier proceso de gestación subrogada “en este contexto”, “recomendación que se lleva haciendo desde hace años”.

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