Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Aprobado el proyecto de Ley de Violencia Vicaria: dañar a los familiares de las parejas o exparejas será un agravante

Imagen de archivo de la ministra de Igualdad, Ana Redondo. EFE/ Octavio Guzmán

Ana Requena Aguilar

14 de julio de 2026 13:20 h

1

Quince años después de que José Bretón asesinara a sus hijos de 8 y 6 años tras el anuncio de la que era su pareja, Ruth Ortiz, de que quería separarse, el Congreso debatirá una Ley de Violencia Vicaria, un tipo de violencia machista que consiste en instrumenalizar a los hijos e hijas de las víctimas para hacerles daño, también a ellas. El Gobierno ha aprobado este martes el proyecto de ley para “visiblizar, reconocer, prevenir, sancionar y erradicar” la violencia vicaria, que implica la modificación de diez normas. No existirá un delito específico sino que la violencia vicaria será “una circunstancia agravante por razón de género” que se añadirá al Código Penal. Esta circunstancia aplicará cuando un hombre dañe a los hijos de su pareja o expareja, pero también a menores, hermanos o ascendientes estrechamente ligados a ella, así como a su actual pareja.

La Ley Integral de Violencia de Género incluirá la definición de violencia vicaria, “aquella que, con el objetivo de causar dolor o sufrimiento a las mujeres, se ejerza por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, incluso sin convivencia, sobre sus hijos e hijas o descendientes, así como sobre personas menores de edad o mayores con discapacidad sujetas a su tutela, curatela, acogimiento o guarda y custodia o a otras medidas de apoyo; sobre otros familiares o allegados menores de edad; sobre los ascendientes o hermanos y hermanas de ésta; o sobre su cónyuge o persona a la que esté ligada por análoga relación de afectividad aun sin convivencia”

Además de ese agravante, el proyecto contempla una nueva pena accesoria sobre quienes publiquen o difundan “mensajes, textos, imágenes u otros contenidos que tengan relación directa” con el delito cometido. Se trata de una pena creada a raíz de la polémica generada el año pasado cuando la editorial Anagrama anunció la publicación del libro 'El odio' en el que José Bretón confesaba los hechos por primera vez. Entonces, la Fiscalía llegó a pedir la suspensión del lanzamiento del libro y, finalmente, la editorial renunció a publicarlo.

El proyecto, del que han sido coproponentes los ministerios de Igualdad, Justicia e Infancia, incluye la retirada automática de la patria potestad cuando haya sentencia firme por un delito grave de violencia de género o algún delito grave contra los hijos. La única posibilidad de recuperarla llegará, no solo tras el cumplimiento de la condena, sino después de que se cancelen los antecedentes penales, es decir, cuando no haya reincidencia. La guardia y custodia y los regímenes de visitas también podrán suspenderse cuando el progenitor esté incurso en un procedimiento judicial, cuando existan indicios razonables de violencia o cuando pueda “resultar perjudicial” para la salud física, psíquica o emocional de las hijas e hijos.

“Un maltratador nunca puede ser un buen padre y eso tiene que tener consecuencias en el orden civil”, ha dicho la ministra de Igualdad, Ana Redondo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La escucha a los menores se convierte en una obligación legal de los jueces en todos los procesos, y solo cuando sea imposible esa escucha, serán otras personas allegadas o especializadas quienes hablen en nombre de los menores.

La estadística de víctimas mortales por violencia por razón de género se ampliará para incluir de manera diferenciada a hijos e hijas, a familiares o allegados, ascendientes, hermanos y hermanas de la mujer, así como a su pareja.

Etiquetas
stats