Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Preguntas y respuestas sobre las bajas por reglas dolorosas

La regla no debería producir dolor, según los ginecólogos

Sofía Pérez Mendoza

4

La reforma de la ley del aborto, cuyo anteproyecto se ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros, incluye por primera vez unas bajas especiales para las mujeres que presenten dolores incapacitantes por la regla. Se ha convertido en la medida estrella de una reforma mucho más amplia; entre otras cosas, porque ha sido foco de desacuerdos entre los dos partidos del Gobierno de coalición. Las bajas, resultado de incapacidades temporales especiales –en el lenguaje más técnico–, han despertado muchas incógnitas. Estas son algunas dudas que se plantean.

¿Quiénes pueden pedir esta baja? ¿Necesito un diagnóstico?

Cualquier mujer con dolores que considere incapacitantes. Será aplicable a mujeres que tengan enfermedades que provoquen el dolor, como un mioma, ovarios poliquísticos o endometriosis, pero también a quienes tienen dismenorrea, término con el que se conoce al dolor intenso, sin origen patológico.

Las bajas específicas, como cualquier otro tipo de baja, requieren de un diagnóstico previo y deben ser otorgadas y estar bajo supervisión médica, explican fuentes de Igualdad. Es decir, se requiere de un acto médico para que sea efectiva: pasar por la consulta de atención primaria.

¿Por cuántos días se concede?

Aunque el primer borrador del Ministerio de Igualdad incluía que las bajas serían de tres días ampliables a cinco, finalmente la ley no establece ningún límite mínimo ni máximo.

¿Es una baja automática o debe concederse cada vez que hay dolores incapacitantes?

No, se debe otorgar en cada ocasión. “Si fuera automática se saltaría la normativa general de la Seguridad Social y el criterio médico. Además, no tiene por qué producirse todos los meses ni tampoco los mismos días”, explica Lorenzo Armenteros, portavoz de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG).

Con la legislación actual sí es posible dar una baja y un alta sin necesidad de acudir dos veces a la consulta. Pasó, por ejemplo, con las bajas por coronavirus, automáticamente de siete días –el tiempo que era obligatorio aislarse– y prorrogables si era necesario.

¿Es posible coger una baja si te duele la regla sin esta ley?

Sí. Si una mujer tiene dolores incapacitantes causados por la menstruación ya puede ir a su médico o médica a solicitar una baja por enfermedad común, como si le duele la espalda o la cabeza. Según datos del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, se conceden alrededor de 6.000 bajas al año por dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación.

Entonces, ¿en qué cambia el procedimiento?

Se trata de un cambio técnico que impide que las mujeres con reglas muy dolorosas se vean perjudicadas económicamente por este motivo. La ley garantiza que la baja es pagada al 100% por la Seguridad Social y desde el primer día. Esto ya ocurría con algunas incapacidades especiales, por ejemplo, con las bajas por riesgo en el embarazo.

En las incapacidades temporales por enfermedad común, sin embargo, el trabajador no tiene en general garantizado el salario los tres primeros días, aunque en un gran número de convenios las empresas sufragan el salario a sus plantillas. La prestación por incapacidad común cubre el 60% de la base reguladora (similar al salario) desde el cuarto día de baja. Además, no requiere periodo mínimo de cotización, a diferencia de las enfermedades comunes, que exigen un mínimo de 180 días en los cinco años previos.

¿Pierdo dinero si cojo esta baja?

No. Esta es la principal novedad para que las mujeres no se vean penalizadas. Es una baja pagada al 100% por la Seguridad Social.

¿La empresa puede saber el motivo de mi baja?

No. Opera el mismo sistema que con cualquier otra baja causada por una incapacidad temporal: el motivo es confidencial y solo lo conoce el paciente, el médico y la Seguridad Social. No el empleador.

¿Cuándo entra en vigor la reforma de la ley que reconoce estas bajas especiales?

El anteproyecto aún tiene un largo recorrido parlamentario por delante. Aunque se va a tramitar por la vía de urgencia, lo que reduce los tiempos a la mitad, debe recabar aún los informes de los órganos consultivos, volver al Consejo de Ministros e iniciar su trámite en el Congreso y el Senado.

¿Pueden preguntarme en una entrevista de trabajo si tengo reglas dolorosas?

No, está prohibido solicitar este tipo de información íntima. La ley considera una infracción muy grave pedir datos de carácter personal en los procesos de selección o “establecer condiciones que constituyan una discriminación en el acceso al empleo” por distintos motivos como sexo, origen, discapacidad, religión u orientación sexual, entre otros.

¿Me pueden despedir por este motivo?

Si en un juicio se llegara a demostrar que la razón de un despido es esta baja, lo más probable es que se declarara nulo. “Sería discriminatorio”, apuntan fuentes de Igualdad.

¿Cuánto dinero prevé gastar el Gobierno en estas bajas?

La memoria económica que acompaña a la reforma de la ley del aborto contempla un total de 104 millones de euros, de los que 23,8 se corresponden a estas incapacidades temporales especiales.

Etiquetas
stats