La sentencia del Constitucional elimina párrafos del texto inicial comprensivos con el Gobierno
La sentencia que considera inconstitucional el estado de alarma decretado por el Gobierno en marzo de 2020 para combatir la crisis sanitaria prescindió de varios párrafos de la ponencia inicial que se mostraban comprensivos con la voluntad del Gobierno para salvar vidas, si bien eso no afectaba al sentido final del fallo del Tribunal Constitucional.
El más destacado de estos párrafos suprimidos de la ponencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, es el que afirma que, “dadas las circunstancias que rodearon” la imposición del estado de alarma, “esta radical limitación (o suspensión) del derecho fundamental a la libertad de circulación no puede dejar de considerarse como una medida razonablemente adecuada y necesaria para la consecución de los objetivos señalados”.
Escriben Pedro Águeda y Marcos Pinheiro.