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La Fiscalía recurre el archivo de la causa del homenaje a la División Azul en el que se lanzaron proclamas antisemitas

27 mayo 2021 - 11:46 h
Homenaje a la División Azul en Madrid donde se profirieron consignas antisemitas.

La Fiscalía Provincial de Madrid ha recurrido, en apelación ante la Audiencia Provincial, el auto de la juez que acordó el sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta a raíz de un homenaje a la División Azul celebrado el pasado 13 de febrero en los alrededores del cementerio de La Almudena donde se lanzaron proclamas antisemitas.

Según ha informado este órgano, el representante del Ministerio Público pide en su escrito que se revoque la decisión de la juez “por considerar que no se puede llegar a excluir la existencia de infracción penal sin haber practicado diligencia de investigación alguna”, e insiste en que durante el acto se pronunciaron expresiones constitutivas de un delito odio cuando se atribuye la condición de “enemigo” a todo un pueblo “que fue víctima de un genocidio en el marco de la Segunda Guerra Mundial”.

A finales del pasado mes de febrero la sección de Ciberodio de la Fiscalía Provincial de Madrid incoó de oficio diligencias de investigación penal por estos hechos donde se proponía la práctica de una serie de pruebas “conducentes a determinar, esclarecer y concretar los presuntos hechos delictivos”.

La posterior presentación de la correspondiente denuncia recogía las expresiones vertidas por la oradora M. I. M. P. durante la concentración. “Es nuestra suprema obligación luchar por España y luchar por una Europa ahora débil y liquidada por el enemigo. El enemigo que siempre va a ser el mismo, aunque con distintas máscaras: el judío. Porque no hay nada más certero que esta afirmación. El judío es el culpable, el judío es el culpable y la División Azul luchó por ello. Quiso librar al mundo del comunismo, de una invención judía destinada a enfrentar a los obreros y terminar con el ideal de las naciones”, señaló textualmente.

Estas manifestaciones no son, a juicio de la magistrada, constitutivas de delito. Sin embargo, la Fiscalía entiende que la ponderación de los bienes jurídicos afectados “no puede realizarse sin la previa investigación que descarte la concurrencia de las demás figuras delictivas amparadas en el 510 del CP, lo que es perfectamente compatible con la libertad ideológica y libertad de expresión de la denunciada”.

Con información de Europa Press.

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