La Justicia avala prohibir las reuniones de más de seis personas en Catalunya tras el estado de alarma
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha permitido la prohibición de reuniones de más de seis persones en Catalunya y la limitación del aforo de los actos religiosos al 50% a partir de este domingo, cuando finaliza el estado de alarma. El resto de restricciones, como el toque de queda, decaen, o bien se suavizan. Al contrario que otros gobiernos autonómicos, el Ejecutivo catalán decidió no pedir permiso judicial para mantener en vigor las restricciones más importantes tras el fin del estado de alarma y únicamente solicitó el aval judicial para limitar las reuniones y la asistencia a ceremonias religiosas para evitar aglomeraciones. La Fiscalía ya había pedido dar el visto bueno a las medidas.
Escribe Oriol Solé Altimira.