El Gobierno prohíbe reincorporarse al trabajo este lunes a los trabajadores del comercio y la restauración en cuarentena o que tengan síntomas de coronavirus
La orden del Boletín Oficial del Estado (BOE) de este domingo que establece las condiciones para la apertura restringida de los comercios y restaurantes incluye la prohibición para reincorporarse a su puesto de trabajo de los empleados que en el momento de la reapertura del establecimiento estén en aislamiento domiciliario por tener diagnóstico de laCOVID-19 “o tengan alguno de los síntomas compatibles” con el virus.
Asimismo, tampoco podrán reincorporarse a su trabajo los empleados que, no teniendo síntomas, se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.
Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente. El trabajador deberá abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.