Operadores de trenes, autobuses y aviones conservarán un mes la información de pasajeros para posibles rastreos en caso de contagio
Los operadores de trenes, de autobuses y de aviones deberán tener la información de contacto de todos los pasajeros y conservarla al menos durante un mes después de que hayan realizado su viaje por si hubiera algún positivo y hubiese que hacer una labor de rastreo. Así lo establece el borrador de real decreto ley sobre la llamada ‘nueva normalidad’ que el Gobierno tiene previsto aprobar en el Consejo de Ministros del próximo martes.
Los operadores tendrán la obligación de facilitar esos datos a las autoridades de salud pública si se lo requieren. Las mascarillas serán obligatorias en todo tipo de medios de transporte: aviones, trenes, autobuses y barcos. También en turismos si se está viajando con no convivientes, y también el conductor.
En el texto no hay restricciones de movilidad entre provincias ni comunidades pero los trenes y autobuses públicos van a tener que reajustar sus niveles de oferta. “Deberán evitarse las aglomeraciones”, aunque serán los “órganos competentes” y en última instancia la Dirección General de Transporte Terrestres los que decidan sobre el volumen exacto permitido.