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DeciDir es un canto a la libertad. Una oda al amor fraternal y al respeto. Un espacio donde podemos conversar sobre todas aquellas cosas que nunca diríamos a nadie. Porque creemos que causan demasiado estridor y quizás los demás piensen que estamos locos. Pero sobre todo porque nunca las hemos conversado con nosotros mismos. Es hora de hacerlo. Hablemos, pues.

Quebec regula y garantiza el derecho a morir dignamente

Foto: http://news.postimees.ee/1228926/estonia-needs-debate-on-legalization-of-euthanasia-parlt-panel-head

Alejandro Montoro de Antonio

Con buen pie entró en vigor esta ley que, en su preámbulo, enuncia su intención de “asegurar a las personas al final de su vida cuidados respetuosos con su dignidad y autonomía, así como reconocer la primacía de su voluntad en relación con los cuidados clara y libremente elegidos por la persona”. El Primer Ministro provincial, Philippe Couillard, invitaba a todos los diputados a votar de forma independiente olvidando cualquier imposición de partido (o disciplina de partido, como gusta decir a los políticos españoles). De esta manera se garantizan y regulan prácticas como el rechazo o interrupción de cuidados necesarios para el mantenimiento de la vida (respiradores, sondas de alimentación, fármacos, etc). el control de síntomas con la aplicación de cuidados paliativos, la sedación terminal (morir dormido), y la ayuda médica para morir (eutanasia y suicidio asistido).

Otro gran detalle de la reciente ley es que respeta el derecho de un profesional de la salud a rechazar la solicitud de una persona a su cuidado, conforme a su código deontológico y en base a convicciones personales, pero en este caso es obligación de la institución sanitaria sustituir a dicho profesional por otro sin conflictos garantizando así la voluntad de la persona enferma.

También regula la forma de documentar las voluntades para que, llegado el momento en el que la persona no pueda comunicar sus deseos sobre los cuidados a aplicarse al final de su vida, se hagan del todo efectivos. Se les llama “Directivas Médicas Anticipadas”, y sería el equivalente a lo que en España es el Testamento Vital o la Declaración de Voluntades Anticipadas.

Pero al hablar de dignidad en el morir es imprescindible mirar también hacia los Países Bajos (Holanda, Bélgica y Luxemburgo); una región que lleva más de treinta años debatiendo públicamente sobre la muerte digna, en un proceso largo, muy rico y complejo del que hay mucho que aprender. Las prácticas eutanásicas despenalizadas y reguladas son la eutanasia y el suicidio médicamente asistido. Y paralelamente a la aprobación de las leyes relativas a la eutanasia, se introdujo la legislación sobre cuidados paliativos, que garantiza el derecho al acceso a este tipo de asistencia en condiciones adecuadas.

La primera ley, del año 2001, se llevó a cabo en Holanda. Bélgica fue el segundo país que aprobó su ley, en 2002, regulando en 2014 las conductas eutanásicas en aquellas personas menores de edad que cumplieran los requisitos de la ley de 2002. Por último, Luxemburgo hizo lo mismo en 2008, tras verificar con la experiencia de sus socios vecinos la no existencia de abusos con este tipo de leyes.

Tanto en estas tres legislaciones como en la reciente de Quebec se especifican con todo detalle una serie de requisitos legales para que estas prácticas puedan llevarse a cabo, entre los cuales están: que el médico esté convencido de que la petición es voluntaria, reiterada, sin presiones exteriores, está bien meditada y expresa los deseos del enfermo (pudiendo haber sido manifestada en un documento de voluntades anticipadas), que sea plenamente capaz y consciente de su petición, que se constate un padecimiento físico o psíquico constante, insoportable y sin esperanzas de mejora ocasionado por una condición patológica grave e incurable, que se haya informado al paciente de su situación, de las perspectivas de futuro, de la existencia de cuidados paliativos, y del proceder al aplicar las prácticas eutanásicas y su carácter irreversible, o que se haya consultado a otro facultativo y que éste haya corroborado el cumplimiento de los requisitos.

Dichas leyes también establecen unos rigurosos mecanismos de regulación. Los médicos que ayudan a morir a sus pacientes deben cumplir estrictamente con los requisitos legales y dar parte de ello a las comisiones de control y evaluación habilitadas al efecto (que permitirán actuar o no, y revisarán todos los procesos una vez culminados). Si existe alguna irregularidad dan parte al ministerio fiscal aplicando éste, si procede, el código penal.

Por otro lado, y como paradoja en este asunto, está Colombia. Es el único país del mundo en el que la práctica de la eutanasia ha sido reconocida como un derecho fundamental por el Tribunal Constitucional, en una sentencia de 1998 que entiende que la eutanasia activa (ya sea en su forma de producción directa de la muerte, ya en la de auxilio al suicidio) constituye un derecho de los enfermos directamente derivado del reconocimiento constitucional de la dignidad y la libertad individuales. Según dicha sentencia, siempre que el sujeto sufra una situación terminal con dolores insoportables, el estado no puede oponerse ni a su decisión de morir ni a la de solicitar la ayuda necesaria para ello; obligarle a seguir viviendo en tales circunstancias “equivale no sólo a un trato cruel e inhumano, prohibido por la Carta (art. 12), sino a una anulación de su dignidad y de su autonomía como sujeto moral” (Sentencia C-239/97, de 20 de mayo de 1998, Parte 17). Sin embargo, aun contando con una sentencia tan inequívoca como ésta, el nuevo Código Penal del año 2000 hace caso omiso del alto tribunal penalizando la eutanasia, por lo que la situación no está nada clara.

Otro caso también paradójico es el del Estado del Territorio del Norte (Australia), en el que en 1995 se legalizó la eutanasia mediante la Ley de Derechos de los Enfermos Terminales, y que 9 meses más tarde fue ilegalizada por el senado australiano.

Por otro lado, en Suiza, Estonia, y en los estados norteamericanos de Oregón, Washington, Montana, Nuevo México y Vermont, mientras el suicidio asistido es legal, la eutanasia es una práctica ilegal. Es decir, está regulada la prescripción y dispensación de un cóctel letal de fármacos que un médico hace a una persona y que ésta se autoadministra (siempre y cuando, claro está, se cumpla con los requisitos previstos por la ley y que son, en su mayoría, iguales a los de las leyes de muerte digna de los países del Benelux antes mencionados). Pero la administración por parte de otra persona distinta de la que padece está penada.

Pese al avance que esto supone aún siguen habiendo personas que sufren y que, por su gran dependencia, no se pueden procurar ellos mismos la muerte. Recordemos el emblemático caso de Ramón Sampedro y la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo en la que aclaraba su libertad para poner fin a su propia vida pero se le negaba la posibilidad de pedir cualquier ayuda para ello. Paradójico, pues Ramón era dependiente al 99 por 100 (por la tetraplejia que padecía), menos para pensar y sentir emociones; suficiente porcentaje restante como para llegar a la libre y deliberada conclusión de que así la vida no era vida sino una constante e interminable tortura (en palabras del propio Ramón).

Tras este recorrido por los estados del mundo que se preocupan por la dignidad y bienestar de sus ciudadanos, y les escuchan, los cuales son más libres que el resto, hay otros como Francia, Reino Unido, Japón, Italia, o Israel, en los que el debate sobre la eutanasia está en boga desde hace ya años y puede ser realidad en un futuro cercano; o incluso Estonia, que valora regular también la eutanasia en su legislación sobre muerte digna donde el suicidio asistido ya es una realidad. O Albania, que cuenta con una larga historia de permisividad cultural a las prácticas eutanásicas pero que no cuenta con legislación al respecto. Veremos si las fuerzas negacionistas tradicionales como las de Colombia o Australia, o el caso de Vincent Lambert en Francia, no impiden el ejercicio de la libertad a sus conciudadanos.

Mientras tanto, en España, mientras no se renueven las fuerzas políticas tradicionales, sordas al clamor social respecto a la dignidad en el proceso de morir, seguiremos a expensas del profesional de la salud que nos toque. Seguiremos con nuestros cuerpos secuestrados y nuestra voluntad tutelada.

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