Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

RTVV deberá pagar 3 millones a la Seguridad Social por errores en las cotizaciones de los trabajadores

Los trabajadores de Canal 9 reunidos en asamblea a las puertas del Centro de Producción de Programas de Burjassot

elDiariocv

VALENCIA —

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha destapado errores en las cotizaciones de los trabajadores de RTVV por parte de la empresa, de forma que el ente público deberá abonar 3 millones de euros a la Tesorería de la Seguridad Social de acuerdo con el importe de las cotizaciones irregulares de los años 2011, 2012 y 2013, según informó la empresa al comité.

Según explican los representantes de los trabajadores, la empresa ha actualizado las bases de cotización en la nómina del mes de enero, tomando como base correcta la de diciembre de 2010, de modo que se consolida en las bases de cotización las cantidades del Plus Convenio que RTVV dejó de abornar desde diciembre de 2011, “todo ello, al margen de lo que dictamine el Tribunal Supremo sobre si corresponde o no el descuento de las cantidades que la empresa retrotrajo desde noviembre de 2012”.

Para los trabajadores afectados por el primer ERE, apuntan desde el comité que la empresa también debe contemplar las nuevas bases de cotización para abonar las diferencias generadas durante el periodo comprendido en los salarios de tramitación.

Una vez realizados los ingresos de las diferencias en la Tesorería de la Seguridad Social, “nos remitirán por escrito la resolución a nuestras reclamaciones por no respetar la legislación referente a las bases legales”.

Inspección de Trabajo ha dado a RTVV para abonar el pago un plazo que acaba antes de la finalización del periodo de consultas del actual ERE de extinción -recordemos que los trabajadores rechazaron la última propuesta de la empresa, entre 25 y 29 días por año y un máximo de 24 mensualidades-. De este modo, las contizaciones estarán actualizadas para la realización del cálculo de las indemnizaciones “de forma correcta”.

No obstante, insisten desde el comité en que la empresa “no debe retener ni un solo euro al trabajador en concepto de la parte de la cotización del pago de estas diferencias”, ya que el error “es de la empresa”. Esto quiere decir que cuando se produzcan los nuevos despidos, las cantidades correspondientes a las bases de cotización “deberán ser las correctas”.

Así, indican que la corrección de las bases desde enero de 2011 a diciembre de 2013 se realizará a lo largo de los meses de marzo y abril, por lo que durante abril y mayo se podrá verificar si las modificaciones “se ajustan a la resolución”. Para ello, “sólo deberemos solicitar un certificado de las bases de cotización de esos periodos a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Los mayores de 55 años que deben firmar los nuevos convenios, “deberán comprobar que las modificaciones de las bases legales se han hecho de acuerdo a la resolución de la Inspección de Trabajo”.

Etiquetas
stats