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La legitimidad de la deuda externa griega a debate

Ligera ventaja del "sí" frente al "no" en la última encuesta sobre el referéndum griego

Belén Olmos Giupponi

En vísperas del referendum convocado por el primer ministro griego, Alexis Tsipras, sobre el contenido de las propuestas de los acreedores, la legalidad de la deuda externa griega ha sido seriamente cuestionada. La comisión de la verdad organizada por el Parlamento Griego [Truth Commission on Public Debt] ha hecho público recientemente un informe rechazando la legitimidad de la re-estructuración de la deuda pública. El informe arguye que una parte substancial de la deuda de aproximadamente 320 billones de euros es ilegal y constituye lo que en derecho internacional se denomina “deuda odiosa”.

La comisión de la verdad fue establecida por el Parlamento Griego en abril de 2015 con el mandato de auditar la legitimidad de la deuda externa griega a la luz del derecho griego, del derecho de la Unión Europea y del derecho internacional. El informe sostiene que puesto que es “odiosa” e ilegal, la deuda externa griega no debería ser ejecutada. Aunque las conclusiones del informe no tienen carácter vinculante, pueden contribuir a reforzar las objeciones al plan de rescate en las próximas semanas de cara al referendum convocado para el día 5 de julio.

En 2010 el “rescate” implementado por la Unión Europea, el Banco Central Europeo y el FMI introdujo estrictas condiciones de cumplimiento de acuerdo con el Mecanismo Europeo de Estabilidad Financiera (reemplazado luego por el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE). Las condiciones incluyeron varias medidas de austeridad y reformas estructurales en la economía griega.

A consecuencia de estas reformas, millones de ciudadanos griegos enfrentaron pobreza, desempleo y exclusión social. Asimismo, servicios públicos esenciales e infraestructuras (incluyendo escuelas, hospitales y tribunales) fueron cerrados o fusionados debido a los recortes del gasto público dispuestos.

La controversia legal

No es la primera vez que la negociación del rescate genera controversia respecto de su naturaleza y legalidad. De hecho, la deuda externa griega ha sido cuestionada por varios canales procesales. En particular, la ley 3845/2010 [Law 3845/2010] sancionada por el Parlamento Griego en Mayo de 2010 incorporando el acuerdo al derecho griego aceptando las condiciones del rescate fue recusada sin éxito ante la Corte Suprema o Constitucional?

La comisión de la verdad se constituyó este año como un órgano no judicial. La comisión, compuesta por expertos griegos e internacionales, tuvo a su cargo determinar los hechos, las causas y la legalidad de la deuda pública.

Las conclusiones preliminares subrayan defectos legales en el proceso de re-estructuración de la deuda pública griega. El informe reclama que la deuda pública griega es odiosa, insostenible, ilegal e ilegítima, que vulnera varios derechos humanos, en particular, derechos económicos y sociales. En consecuencia, la deuda viola los derechos de los ciudadanos residentes en Grecia protegidos por el derecho internacional de los derechos humanos.

El concepto de “deuda odiosa” tiene origen en una reconocida doctrina de derecho internacional elaborada por Alexander Nahum Sack. Esta doctrina proclama que toda deuda publica contraída en violación de principios democráticos por un régimen para fines contrarios a los intereses de la nación, no debería ser ejecutada. Este es el caso de la deuda colonial o de la deuda contraída por una dictadura. 

Si la deuda externa de un Estado es considerada odiosa, no debería ser pagada de acuerdo a esta doctrina. Este precisamente es la cuestión más controvertida del informe.

De acuerdo con los términos de referencia de la comisión de la verdad, dos elementos definirían el carácter odioso de la deuda griega:

1.El prestamista “conoció o debía haber conocido que las condiciones de la deuda violaban principios democráticos (incluyendo consenso, participación, transparencia y responsabilidad)”.

2. La deuda “es usada en contra del mejor interés de la población del Estado deudor, o es y su efecto es negar al pueblo derechos fundamentales de orden civil, político, económico, social y cultural”. 

La principal conclusión de la Comisión de la Verdad es que la deuda griega no solamente es odiosa, sino también ilegal ya que viola derecho griego, el derecho de la Unión Europea y el derecho internacional. Asimismo, el informe califica la deuda de ilegitima porque viola obligaciones de derechos humanos como derecho a trabajo o educación. La deuda es insostenible debido a la imposibilidad de que Grecia la pague sin afectar severamente sus obligaciones de derechos humanos. Por todos estos motivos, el informe concluye recomendando que Grecia debería repudiar la deuda y no pagarla.

El informe, sin embargo, no crea obligaciones legales. No es, en sentido estricto, una sentencia, como las dictadas por los tribunales naciones; como tal la recomendación de repudiar la deuda externa griega como deuda odiosa no es legalmente viable. Pese a estas limitaciones, el informe puede cobrar relevancia de cara al referéndum convocado para el 5 de julio, dando voz a los ciudadanos al tiempo que lleva a reflexionar sobre la transparencia de las negociaciones del rescate financiero anterior.

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