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Absuelta una pareja que ocupó una vivienda vacía de Bankia

Bankia espera que el Ministerio de Hacienda unifique los impuestos autonómicos a la banca

Carmen Reina

Una pareja que ocupó una vivienda propiedad de Bankia en

Palma del Río (Córdoba) ha sido absuelta del delito de usurpación que la

entidad financiera le imputaba sobre su propiedad, una casa que permanecía vacía

y en tal estado de abandono que los autores de la ocupación creyeron que carecía

de propietario.

La pareja, con dos hijos menores y sin ningún tipo de

ingresos, entró a vivir en el inmueble –propiedad de Bankia Habitat S.L.U.- en

el verano de 2012 al carecer de alternativa para obtener una vivienda. El juez

considera probado que los acusados ocuparon la casa “sin que conste la forma en

que entraron en la referida vivienda, desconociendo los acusados quien era su

legítimo propietario y estando en la creencia de que el inmueble estaba

abandonado dado su estado de deterioro“, según reza la sentencia de 26 de marzo pasado a la que ha

tenido acceso eldiario.es/andalucia.

En el juicio quedó constancia de que “los acusados (…) como

quiera que vieron el inmueble en estado de abandono, sin puertas y destrozado

por dentro, en el que tan solo entraban toxicómanos a pincharse y resultando

que no tenían donde vivir“, creyeron que el inmueble carecía de propietario y ”decidieron

poner una puerta y entrar allí a vivir hasta que encontrasen trabajo y poder

tener una vivienda“.

Tal era el estado de deterioro del inmueble que, en la

sentencia consta la declaración del subinspector de la Policía Local de Palma

del Río ratificando que “el inmueble se encontraba en estado de abandono sin

puertas y con cierto deterioro por dentro, que a su juicio el estado de la

vivienda era de abandono total“ y, además, hizo constar que ”nunca les requirió

el titular de la propiedad (Bankia) para hacer inspecciones“.

Así, para el juez, “no resulta descabellado pensar que los

acusados incurriesen en error vencible (…) de que la vivienda estaba abandonada“, en lo que se basa para dictar así la sentencia de absolución a los dos miembros de la pareja

encausados.

“La alternativa a ocupar esa vivienda era estar en la calle”

“La alternativa a ocupar esa vivienda era estar en la calle”

Además, cabe destacar que la familia permaneció en la

vivienda sólo unos meses, hasta que el padre consiguió un trabajo temporal y

abandonaron la casa ocupada. Ese “uso temporal sin intención de permanencia ha

sido tenido en cuenta“, explica la abogada defensora de la pareja, Virginia

Delgado, quien señala también que la familia, “en ese momento, no tenía alternativa a la ocupación de esa

vivienda dado su estado de necesidad“. Ahora, con unos mínimos ingresos, la

familia puede pagar el alquiler social de un piso obtenido tras solicitar ayuda

al Ayuntamiento de Palma del Río y a los Servicios Sociales de la Junta de

Andalucía.

Además, según Delgado, “ha prevalecido también la protección

de los menores“, en referencia a los hijos de 2 y 4 años de la pareja, que no

tenían un techo y para los que “la alternativa a ocupar esta vivienda era estar

en la calle“.

Para la abogada, ha quedado demostrado que Bankia Habitat

S.L.U. – que no compareció en la vista del juicio según hace constar el juez en su

sentencia- “no estaba ejerciendo su derecho de posesión sobre la vivienda” al

mantenerla en estado de abandono, por lo que “no ha sido atacado ese derecho de

posesión del banco“ sobre el inmueble.

Así, el presunto delito de usurpación que la Fiscalía y la

acusación particular pedían para la pareja desde el inicio junto a una multa por los días en

que ocuparon la vivienda, ha quedado en la absolución dictada por el juez y

solicitada por la defensa desde el comienzo del caso.

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