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Archivada la investigación por la contratación irregular en Fuengirola

Esperanza Oña.

Néstor Cenizo

La Audiencia Provincial de Málaga ha archivado la investigación abierta contra Esperanza Oña, exalcaldesa de Fuengirola, y otros concejales del ayuntamiento por las presuntas irregularidades en materia de contratación cometidas hasta el año 2012. El auto de la Audiencia Provincial estima el recurso del ayuntamiento contra la decisión del juzgado de instrucción, que pretendía inhibirse y remitir la causa al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por el aforamiento de Oña, parlamentaria andaluza. Fue comunicado a las partes este viernes, apenas horas después de que este y otros medios publicaran una investigación iniciada en 2013.

Los magistrados entienden que, aunque hubiesen podido cometerse “algunas irregularidades”, no tendrían entidad para constituir delito de “prevaricación administrativa”. En las presuntas irregularidades (hasta 26, según el interventor) en la contratación del ayuntamiento falta, según la Audiencia Provincial, el elemento de “arbitrariedad”. El juez instructor, en cambio, las calificaba como “graves”, y detectaba incrementos que superaban lo legalmente admitido, facturas sin expediente de contratación y fraccionamiento de contratos.

La Audiencia Provincial admite que se trata de una cuestión “muy controvertida”, pero traza una línea entre la jurisdicción contencioso-administrativa y la penal y deja dentro del primer ámbito las contrataciones relacionadas en su momento por el interventor e investigadas por el juzgado de Instrucción 4 de Fuengirola. Para la audiencia, la emisión de facturas sin expediente de contratación, y con incrementos en los importes más allá de lo admitido no son actuaciones tan arbitrarias para entender que se ha cometido un delito. Serán, como mucho, infracciones administrativas que conlleven la nulidad.

De esta forma, el asunto no llegará al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, tal y como pretendía el juez instructor, que se había inhibido por el aforamiento de Esperanza Oña. El ayuntamiento recurrió la inhibición y pidió el archivo de la causa. También la fiscal entendía que, pese a que “no se han seguido por el Ayuntamiento los procedimientos legalmente previstos, incluso en contra de las advertencias realizadas por parte del interventor”, el caso no merecía reproche penal. En cambio, la Fiscalía Provincial había iniciado el procedimiento en diciembre de 2012 al apreciar hechos que podían constituir delito.

El juez instructor había rechazado previamente los intentos de la fiscalía por que se archivara el asunto, y en un auto de 15 de octubre de 2015 aseguraba que “no puede (…) excluirse el perjuicio para el interés general pues en estos contratos no se hizo oferta pública permitiendo que terceros pudieran ofertar trabajos en mejores condiciones técnicas y económicas que las empresas a las que finalmente se contrató sin procedimiento administrativo alguno”. La Audiencia Provincial ha zanjado el asunto concluyendo que las irregularidades, si es que existieron, no son un delito sino un problema administrativo.

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