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Juez y Fiscalía discrepan sobre las irregularidades achacadas a la parlamentaria del PP-A Esperanza Oña

Esperanza Oña, en una imagen de archivo

Néstor Cenizo

El juez de instrucción número 4 de Fuengirola y la fiscal del caso en el que se investigan las posibles irregularidades en la contratación pública del municipio tienen distintos puntos de vista. Mientras que para el juez hay “indicios de la existencia de irregularidades graves”, la fiscal no entiende que los actos que se investigan sean “manifiestamente injustos, penalmente hablando”, por lo que ha pedido el sobreseimiento de la causa.

El juez se ha apartado deliberadamente del criterio de la fiscalía, algo “excepcional” según la acusación particular, ejercida por IU. Así, el juez remitió el proceso al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por el aforamiento de la exalcaldesa Esperanza Oña. Ese auto de inhibición ha sido recurrido por el ayuntamiento, que ha vuelto a pedir el archivo de la causa. El juez investiga la contratación pública del municipio, que reconoció extrajudicialmente múltiples facturas cuya legalidad ahora se pone en duda, en un Pleno celebrado en agosto de 2012.

Según la fiscal, que se alinea con las tesis de la defensa del ayuntamiento y con lo manifestado a este medio por Esperanza Oña, las irregularidades detectadas por el interventor en su informe del 13 de julio de 2012 no tienen “entidad suficiente” para su persecución penal. En un escrito al que ha tenido acceso eldiario.es/Andalucía concluye que “no queda acreditado más allá de toda duda razonable la comisión de un delito de prevaricación”.

En cambio, el juez relaciona en su resolución tres prácticas irregulares: contrataciones con incrementos en los importes de adjudicación por encima de lo legal, facturas sin expediente de contratación y facturas que exceden los límites para la contratación menor con fraccionamiento.

La fiscal admite que “no se han seguido por el Ayuntamiento los procedimientos legalmente previstos, incluso en contra de las advertencias realizadas por parte del interventor del Ayuntamiento”. Sin embargo, destaca que para los suministros sin contrato se tramitó “con mayor o menor celeridad en el tiempo” un expediente de contratación, y se acoge a la declaración del interventor, que señaló ante el juez que el ayuntamiento estaba en todo caso obligado al pago de esas facturas. La fiscal también se apoya en el informe del secretario.

Para la fiscalía se trata de irregularidades administrativas, idéntico argumento al esgrimido por el ayuntamiento y por Esperanza Oña, que el viernes declaró a eldiario.es/Andalucía: “Es un proceso absolutamente normal, en el que quien nos acusa ni siquiera nos acusa de mermar las arcas públicas o no hacer una obra. ¿Dónde está el dolo o el afán de lucro? Es una cuestión administrativa”. Con este escrito, fechado el 15 de enero de 2015, la fiscal se aparta de la tesis de la Fiscalía Provincial, que remitió el caso a Fuengirola en diciembre de 2012 al entender que los hechos podían constituir delito.

Argumentos que no convencen al instructor

Argumentos que no convencen al instructorEstos argumentos no han convencido al juez instructor, que pone el acento en que el interventor ha rechazado que se pueda hablar de “convalidación” de los actos irregulares en un contrato de obra. Según un auto de 15 de octubre de 2015 “no puede (…) excluirse el perjuicio para el interés general pues en estos contratos no se hizo oferta pública permitiendo que terceros pudieran ofertar trabajos en mejores condiciones técnicas y económicas que las empresas a las que finalmente se contrató sin procedimiento administrativo alguno”.

La abogada de la acusación particular, ejercida por IU, recalca que la denuncia no pone en duda la legalidad ni la conveniencia del pago, sino del trámite que lo generó y que infringió, según su tesis, las normas de contratación pública. El ayuntamiento ignoró las advertencias del interventor, por lo que la abogada, Verónica López, cree que podría existir prevaricación: “Sabían que no lo estaban haciendo bien”. La acusación se centra en los integrantes de la Junta de Gobierno que aprobaron las facturas sin cobertura contractual o con modificados superiores a los permitidos.

La acusación pone como ejemplo de irregularidad los contratos por la cabalgata de Reyes de 2010. Sin que conste expediente de contratación, Decorama Producciones SL facturó 20.800 euros (el límite para contratos menores sin publicidad) por la “realización, montaje y desmontaje de carrozas”, mientras que Planning Organización de Proyectos SL cobró, también sin expediente, dos facturas de 20.600 y 3.600 euros por el “alquiler y transporte” de esas carrozas. Según la información mercantil consultada por este medio, Decorama Producciones y Planning Organización de Proyectos tenían idéntico administrador único.

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