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El Obispado de Cádiz, condenado a readmitir a una trabajadora despedida “por represalias”

Rafael Zornoza, obispo de Cádiz y Ceuta.

Francisco J. Jiménez

El Obispado de Cádiz y Ceuta ha sido condenado en la sentencia dictada por el juez Francisco de Borja Derqui-Togores de Benito, magistrado del Juzgado de lo Social nº 3 de Cádiz, a la readmisión de la trabajadora María del Carmen Amigueti cuyo despido ha sido declarado nulo. Concretamente, la sentencia habla de un despido “como acto de represalia”.

“Esto es una alegría, pero una alegría contenida porque todavía pueden recurrir y no sé qué pasará”, explica María del Carmen a este medio. Trabajaba desde el año 2000 en el Obispado y su último puesto había sido el de jefa administrativa en el centro de trabajo de la calle Hospital de Mujeres de la capital gaditana.

“Hemos pasado un tiempo muy malo. Primero me cambiaron de departamento, las condiciones de trabajo, los horarios... De repente me lo cambiaron todo y lo denuncié. Le dieron la razón a ellos, pero incluso así se lo tomaron a mal y en octubre me vinieron con un despido disciplinario sin haber tenido ninguna falta”, explica Amigueti.

El caso se completa con la situación de su marido, que también trabaja en la misma empresa como conductor. “Fue sancionado sin motivo alguno con cuatro días de empleo y sueldo. Lo reclamó y lo ganó”. Y todo porque en un viaje a Algeciras para llevar al obispo, Rafael Zornoza, llevó en el coche también a María del Carmen, su esposa. “Mi marido tenía su juicio el 5 de noviembre del año pasado y justo un mes antes me despidieron a mí. Por eso el juez ha decretado despido nulo por represalias”.

“No se acredita causa alguna que justifique el despido”

La trabajadora llevó el caso a los tribunales y el juez ha sido claro en la sentencia: “Dado que no se acredita causa alguna que justifique una decisión de despido, que se reconoce improcedente en el acto de juicio por la propia empresa demandada, debemos presumir que se produce como acto de represalia por las pugnas judiciales existentes entre las partes litigantes. Nos hallamos ante un despido motivado como represalia por el ejercicio de un derecho fundamental que es el de la tutela judicial efectiva en defensa de una de las fuentes de financiación de la unión matrimonial objeto de represalia”.

María del Carmen conoce casos similares de otros trabajadores del Obispado que han sido despedidos en los últimos tiempos, pero dice al respecto que “ha habido otros que no han llegado hasta el final. Han aceptado un dinero como compensación para no llegar al juicio. A mí me lo ofrecieron, pero no lo acepté”, desvela la trabajadora, que inicialmente tendrá que ser readmitida. El Obispado también ha sido condenado al abono de la cantidad de salarios dejados de percibir durante los días posteriores al despido hasta que se haga efectiva su readmisión.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida, pero es una victoria de los trabajadores, que desde la llegada del obispo Rafael Zornoza a la diócesis han denunciado que no se respetan los derechos laborales. “No predican con el ejemplo. Yo puedo entender que puedan meter a personal nuevo de su confianza, pero haciendo las cosas bien y respetando los derechos de los trabajadores que llevan mucho tiempo. No es lógico ir por detrás, sacando faltas donde no las hay y obligándote a gastar dinero en abogados”. El Obispado prefiere no hacer declaraciones sobre la sentencia.

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